Navas del Rey (BOCM-20250610-71)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 137
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de abril de 2025, del Ayuntamiento de Navas del Rey,
por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos número 08/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE GASTOS
Cap. 6.
Obra PIR Urbanización El Club
92.188,52 €
TOTAL
92.188,52 €
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de tesorería para gastos
generales en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS
Cap. 8.
Remanente líquido de Tesorería para Gastos Generales
TOTAL
92.188,52 €
92.188,52 €
BOCM-20250610-71
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/8.643/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Acuerdo del Pleno de fecha 14 de abril de 2025, del Ayuntamiento de Navas del Rey,
por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos número 08/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de créditos extraordinarios financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE GASTOS
Cap. 6.
Obra PIR Urbanización El Club
92.188,52 €
TOTAL
92.188,52 €
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de tesorería para gastos
generales en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS
Cap. 8.
Remanente líquido de Tesorería para Gastos Generales
TOTAL
92.188,52 €
92.188,52 €
BOCM-20250610-71
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Navas del Rey, a 29 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/8.643/25)
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