D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250611-33)
Convenio – Convenio de colaboración de 22 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la realización de la XXXII Edición del Festival de Música Antigua de Aranjuez 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025
Pág. 101
la música clásica europea compuesta antes de 1750, a través de la colaboración entre dicho
ayuntamiento y la Comunidad de Madrid.
VI. Que el citado Festival, es el único de estas características en la Comunidad de
Madrid, por lo que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte considera conveniente la
continuación de la colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Comunidad de
Madrid para la realización del Festival correspondiente a la edición de 2025.
VII. Que el Ayuntamiento de Aranjuez está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz
cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 25 2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los
efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio de colaboración sujeto
a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para la organización conjunta del XXXII Festival de Música Antigua de
Aranjuez, que se celebrará en el citado municipio del 4 de octubre al 2 de noviembre de 2025.
Segunda
El Ayuntamiento de Aranjuez, como firmante del presente acuerdo, asume las siguientes
obligaciones:
1. Gestionar con las Administraciones públicas titulares la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
2. Destinar la totalidad de la cantidad referida en la cláusula tercera a las distintas actividades que se desarrollarán en relación con el Festival de Música Antigua de Aranjuez.
3. Efectuar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, las contrataciones artísticas y de dirección técnica de los espectáculos incluidos en la programación del Festival. Asimismo, correrán por cuenta del ayuntamiento los
gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por la realización de
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio (televenta, derechos de autor y otros de naturaleza similar).
4. Hacer constar la colaboración de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
promocionales, señalética, difusión y prensa, del Festival de Música Antigua, en soportes
físico y digital.
5. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid.
6. Someter a aprobación por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
el uso del logotipo de la Comunidad de Madrid señalado en los puntos 4 y 5 de esta cláusula segunda. El logotipo será facilitado por la citada Consejería.
BOCM-20250611-33
Obligaciones del Ayuntamiento de Aranjuez
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025
Pág. 101
la música clásica europea compuesta antes de 1750, a través de la colaboración entre dicho
ayuntamiento y la Comunidad de Madrid.
VI. Que el citado Festival, es el único de estas características en la Comunidad de
Madrid, por lo que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte considera conveniente la
continuación de la colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Comunidad de
Madrid para la realización del Festival correspondiente a la edición de 2025.
VII. Que el Ayuntamiento de Aranjuez está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz
cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 25 2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los
efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio de colaboración sujeto
a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para la organización conjunta del XXXII Festival de Música Antigua de
Aranjuez, que se celebrará en el citado municipio del 4 de octubre al 2 de noviembre de 2025.
Segunda
El Ayuntamiento de Aranjuez, como firmante del presente acuerdo, asume las siguientes
obligaciones:
1. Gestionar con las Administraciones públicas titulares la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
2. Destinar la totalidad de la cantidad referida en la cláusula tercera a las distintas actividades que se desarrollarán en relación con el Festival de Música Antigua de Aranjuez.
3. Efectuar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, las contrataciones artísticas y de dirección técnica de los espectáculos incluidos en la programación del Festival. Asimismo, correrán por cuenta del ayuntamiento los
gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por la realización de
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio (televenta, derechos de autor y otros de naturaleza similar).
4. Hacer constar la colaboración de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
promocionales, señalética, difusión y prensa, del Festival de Música Antigua, en soportes
físico y digital.
5. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid.
6. Someter a aprobación por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
el uso del logotipo de la Comunidad de Madrid señalado en los puntos 4 y 5 de esta cláusula segunda. El logotipo será facilitado por la citada Consejería.
BOCM-20250611-33
Obligaciones del Ayuntamiento de Aranjuez