Madrid (BOCM-20250611-37)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025
Pág. 109
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para la
concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2025.
BDNS (Identif.): 836562
BOCM-20250611-37
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ).
Primero. Beneficiarios.—Personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos que hayan realizado un relevo generacional, como relevistas o sucesores de otro autónomo, o que hayan creado empleo, en los términos previstos en
la convocatoria.
Segundo. Objeto.—Contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de las personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos.
Tercero. Bases reguladoras.—Decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial
de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2025.
Cuarto. Cuantía.—El gasto de la línea de ayudas se imputará en su totalidad a la aplicación presupuestaria 001/140/433.01/479.99, del Presupuesto General del Ayuntamiento
de Madrid para el año 2025. El crédito destinado a estas subvenciones ascenderá a 2.000.000
euros, que se distribuirán, estimativamente, en 500.000 euros para la Línea 1 de relevo generacional y 1.500.000 euros para la Línea 2 de creación de empleo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días naturales desde el día
siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de mayo de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/8.751/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para la
concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2025.
BDNS (Identif.): 836562
BOCM-20250611-37
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ).
Primero. Beneficiarios.—Personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos que hayan realizado un relevo generacional, como relevistas o sucesores de otro autónomo, o que hayan creado empleo, en los términos previstos en
la convocatoria.
Segundo. Objeto.—Contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de las personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos.
Tercero. Bases reguladoras.—Decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial
de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2025.
Cuarto. Cuantía.—El gasto de la línea de ayudas se imputará en su totalidad a la aplicación presupuestaria 001/140/433.01/479.99, del Presupuesto General del Ayuntamiento
de Madrid para el año 2025. El crédito destinado a estas subvenciones ascenderá a 2.000.000
euros, que se distribuirán, estimativamente, en 500.000 euros para la Línea 1 de relevo generacional y 1.500.000 euros para la Línea 2 de creación de empleo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días naturales desde el día
siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de mayo de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/8.751/25)
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