Madrid (BOCM-20250612-41)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
Pág. 223
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública ordinaria
de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ).
Primero. Objeto y modalidades.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de subvenciones a otorgar
en la anualidad 2025, dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
La convocatoria establece en su base 5 las siguientes modalidades de actuaciones subvencionables:
— Modalidad de “digitalización”:
• Tipos de actuaciones:
– Innovación en el proceso de negocio, facilitadores de la gestión interna y relación con el cliente.
– Potenciación del teletrabajo/ gestión del talento.
– Seguridad y privacidad.
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—Según establece la base 4 de la convocatoria, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pymes que cuenten con domicilio social y/o fiscal en el municipio de Madrid, desarrollen su actividad en el mismo y que no formen parte del
sector público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Las actividades de las pymes solicitantes deberán encuadrarse en las Secciones de la
CNAE 2009 o 2025 de conformidad con lo previsto en el apartado 4.1.3 de la convocatoria.
Los solicitantes deben ser pymes, de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado. Los efectivos y límites financieros que definen las
categorías de empresas se establecen en la convocatoria.
El resto de los requisitos que habrán de cumplir las pymes para resultar beneficiarias
de subvención se establecen en la base 4 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al decreto de 30 de mayo de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la
convocatoria pública ordinaria de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes
y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 2.600.000,00 euros, que se imputarán al ejercicio 2025,
BOCM-20250612-41
BDNS (identif.): 836860
B.O.C.M. Núm. 139
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del decreto de 30 de mayo de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública ordinaria
de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ).
Primero. Objeto y modalidades.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de subvenciones a otorgar
en la anualidad 2025, dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
La convocatoria establece en su base 5 las siguientes modalidades de actuaciones subvencionables:
— Modalidad de “digitalización”:
• Tipos de actuaciones:
– Innovación en el proceso de negocio, facilitadores de la gestión interna y relación con el cliente.
– Potenciación del teletrabajo/ gestión del talento.
– Seguridad y privacidad.
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—Según establece la base 4 de la convocatoria, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pymes que cuenten con domicilio social y/o fiscal en el municipio de Madrid, desarrollen su actividad en el mismo y que no formen parte del
sector público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Las actividades de las pymes solicitantes deberán encuadrarse en las Secciones de la
CNAE 2009 o 2025 de conformidad con lo previsto en el apartado 4.1.3 de la convocatoria.
Los solicitantes deben ser pymes, de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado. Los efectivos y límites financieros que definen las
categorías de empresas se establecen en la convocatoria.
El resto de los requisitos que habrán de cumplir las pymes para resultar beneficiarias
de subvención se establecen en la base 4 de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al decreto de 30 de mayo de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la
convocatoria pública ordinaria de subvenciones dirigidas al fomento de productos, herramientas o servicios de modernización tecnológica y digitalización, orientados a las pymes
y a la mejora de su competitividad, para la anualidad 2025.
Cuarto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 2.600.000,00 euros, que se imputarán al ejercicio 2025,
BOCM-20250612-41
BDNS (identif.): 836860