B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250613-6)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se anuncia la apertura de un nuevo plazo de acreditación de los méritos alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes en el proceso selectivo para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE JUNIO DE 2025

Pág. 37

RESUELVE
Primero
1. Proceder a la apertura de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la presentación de la acreditación de los méritos que hubieran sido
alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes,
acreditación que deberá realizarse por medios electrónicos y en la forma establecida en la
base octava.3 de la Orden 2195/2022, de 10 de octubre.
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la
citada Orden 2195/2022, de 10 de octubre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de
admitidos, del turno libre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de admitidos, por
el turno libre comprendidas entre los números 71 a 79 (ambos inclusive), entre los números 81 a 107 (ambos inclusive) y entre los números 109 y 230 (ambos inclusive) y por el
cupo de discapacidad del turno libre con los números 147, 168, 170, 177, 183, 206 y 228 la
acreditación de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de
participación, no pudiendo tenerse en consideración méritos alegados o acreditados con
posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el
plazo del requerimiento establecido en esta resolución.
Segundo

BOCM-20250613-6

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 30 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.
(03/9.052/25)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791