C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250613-20)
Plan estratégico de subvenciones –  Orden de 2 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 78

VIERNES 13 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 140

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
20

ORDEN de 2 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la
que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con
su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes
de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de
fecha 7 de marzo de 2024 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 14 de marzo de 2024).
En estos momentos se ha detectado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial la necesidad de modificar en el citado Plan estratégico, las “Subvenciones dirigidas a
financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión
Europea con fondos Next Generation” y la “Subvención destinada a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de los caminos rurales de municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid”, con el objeto de ajustarlas a las disponibilidades presupuestarias.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de en relación con el artículo 50.3 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
DISPONGO
Primero
Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:
Uno. Se modifica el número del epígrafe IV del apartado 6.5.a) del anexo de la citada
Orden pasando a ser epígrafe III y a su vez, su punto 4, pasa a tener la siguiente redacción:
“III. Subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios
con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea con fondos Next Generation.
(…)
4. Costes previsibles y fuente de financiación.
El crédito propuesto previsto para estas ayudas será el siguiente:
2024

2025

----- €

413.681,35 €

BOCM-20250613-20

Objeto de la Orden