Fuenlabrada (BOCM-20250613-71)
Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE). Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 140
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE)
Extracto de la Resolución número 135/25, de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, de fecha 5 de junio de 2025, por
la que se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas al Fomento y Apoyo al Emprendimiento en Fuenlabrada. Año 2025.
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias .
1. Objeto.—Se trata de la aprobación de la concesión, mediante concurrencia competitiva, de dos líneas de ayuda dirigidas a fomentar y modernizar el tejido empresarial en
la localidad de Fuenlabrada.
2. Primero: Beneficiarios y requisitos.—Podrán ser objeto de la ayuda las empresas
(entendiéndose como tales autónomos o Sociedades) que cuenten con sede fiscal y actividad en el municipio de Fuenlabrada:
— Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2016 que hayan realizado los gastos
para la modernización y mejora de la competitividad de su empresa a partir del 1
de enero de 2021 y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la presente
convocatoria.
— Empresas de nueva creación cuya constitución se haya verificado a partir del 1 de
enero de 2022.
Es requisito común a ambas líneas que las empresas puedan justificar haber incurrido
en un gasto o inversión mínima de 750 euros de los contemplados en al artículo 5B de la
convocatoria, destinados tanto a la mejora de su empresa como a su creación, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la correspondiente convocatoria.
El resto de los requisitos para ser beneficiario están detallados en el art 4 de la convocatoria, y deberán ser acreditados de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la misma.
3. Documentación a aportar y plazo.—Se encuentra recogida en el art. 7 de la
Convocatoria.
— Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ , en el
apartado de “CIFE”, seleccionando “Ayuda Fomento y Apoyo al Emprendimiento en Fuenlabrada”.
— El modelo de solicitud para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se genera cumplimentando el formulario del procedimiento habilitado para ello. Estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ .
Para la identificación de personas físicas y jurídicas en esta Sede, el Ayuntamiento de
Fuenlabrada admite los certificados emitidos por la Plataforma de validación de certificados. Para la firma de la solicitud solo se admite Certificado digital.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
4. Cuantía.—Las ayudas consisten en un único pago:
— Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80/ % de los gastos presentados y justificados, de los contemplados en el art. 5 de la Convocatoria, sien-
BOCM-20250613-71
BDNS: 838277
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE)
Extracto de la Resolución número 135/25, de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, de fecha 5 de junio de 2025, por
la que se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas al Fomento y Apoyo al Emprendimiento en Fuenlabrada. Año 2025.
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias .
1. Objeto.—Se trata de la aprobación de la concesión, mediante concurrencia competitiva, de dos líneas de ayuda dirigidas a fomentar y modernizar el tejido empresarial en
la localidad de Fuenlabrada.
2. Primero: Beneficiarios y requisitos.—Podrán ser objeto de la ayuda las empresas
(entendiéndose como tales autónomos o Sociedades) que cuenten con sede fiscal y actividad en el municipio de Fuenlabrada:
— Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2016 que hayan realizado los gastos
para la modernización y mejora de la competitividad de su empresa a partir del 1
de enero de 2021 y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la presente
convocatoria.
— Empresas de nueva creación cuya constitución se haya verificado a partir del 1 de
enero de 2022.
Es requisito común a ambas líneas que las empresas puedan justificar haber incurrido
en un gasto o inversión mínima de 750 euros de los contemplados en al artículo 5B de la
convocatoria, destinados tanto a la mejora de su empresa como a su creación, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la correspondiente convocatoria.
El resto de los requisitos para ser beneficiario están detallados en el art 4 de la convocatoria, y deberán ser acreditados de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la misma.
3. Documentación a aportar y plazo.—Se encuentra recogida en el art. 7 de la
Convocatoria.
— Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ , en el
apartado de “CIFE”, seleccionando “Ayuda Fomento y Apoyo al Emprendimiento en Fuenlabrada”.
— El modelo de solicitud para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se genera cumplimentando el formulario del procedimiento habilitado para ello. Estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ .
Para la identificación de personas físicas y jurídicas en esta Sede, el Ayuntamiento de
Fuenlabrada admite los certificados emitidos por la Plataforma de validación de certificados. Para la firma de la solicitud solo se admite Certificado digital.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
4. Cuantía.—Las ayudas consisten en un único pago:
— Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80/ % de los gastos presentados y justificados, de los contemplados en el art. 5 de la Convocatoria, sien-
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BDNS: 838277