D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20250614-13)
Convenio – Anuncio de 27 de mayo de 2025, del convenio de colaboración entre el Banco de España y Metro de Madrid, S. A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 121
Tercera
Compromisos del Banco de España
a) Ejecutar la campaña institucional objeto de este Convenio en sus distintas fases;
en concreto:
— Diseñar la campaña institucional y producir la cartelería informativa que se
incluirá en los espacios cedidos por Metro de Madrid.
— Remitir a Metro de Madrid, una vez diseñada la cartelería con los mensajes e
imágenes que formen parte de la campaña institucional, para su aprobación.
Al margen del logo oficial institucional del Banco de España, no podrán incluirse marcas o logotipos comerciales, ni ningún contenido que pueda ser
considerado publicidad comercial del Banco de España ni de cualesquiera
otras empresas o entidades.
— Producir, una vez recibida la conformidad de Metro de Madrid, la cartelería
divulgativa.
— Colocar la cartelería en los espacios destinados a tal fin en la estación de Metro de Banco de España, sin que su montaje altere la funcionalidad de sus elementos constructivos ni de las instalaciones que forman parte de la estación.
— Mantener y reponer, en caso de deterioro o vandalismo, la cartelería durante
la vigencia del Convenio, así como retirarla una vez concluida, devolviendo
los espacios cedidos en las mismas condiciones en que se recibieron de Metro de Madrid.
— Realizar las actuaciones pertinentes de reposición o reparación de los espacios cedidos por Metro de Madrid en caso de que la instalación de la cartelería cause algún daño a los mismos.
b) Disponer de todos los derechos que permitan la exhibición de las imágenes para la
realización de la campaña institucional en la estación de Metro de Banco de España, en los términos del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, eximiendo a Metro de
Madrid de cualquier responsabilidad que pudiera imputársele por su uso.
c) Ostentar todos los derechos, contratos y/o autorizaciones que, en su caso, deban ser
otorgadas, entre otras, por la Sociedad General de Auditores y Editores (SGAE) o
cualquier otra entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, abonando
las cantidades que para su obtención sean exigibles.
d) Responder y mantener indemne a Metro de Madrid frente a cualquier tipo de reclamación, procedimiento sancionador, demanda o causa, que tenga su origen en
la previsión del párrafo anterior, obligándose expresamente a reintegrar a Metro
de Madrid cualquier cantidad que tuviera que satisfacer, incluyendo indemnizaciones, gastos y costes legales.
e) Difundir la campaña a través de sus canales de comunicación institucionales.
Cuarta
La cesión del uso de espacios de la estación de Metro de Banco de España para el desarrollo de la campaña institucional objeto del presente Convenio no excluye la realización de campañas, en el mismo espacio, por parte del exclusivista publicitario de Metro de Madrid.
Banco de España reconoce haber sido informado de que la cartelería puede ser retirada en caso de que el exclusivista publicitario suscriba acuerdos con terceros para el desarrollo de otras acciones publicitarias. En tales casos, corresponderá al exclusivista publicitario la recolocación de los paneles retirados, en el menor tiempo posible, una vez finalizada
la campaña comercial correspondiente.
Ninguno de los firmantes del Convenio percibirá indemnización ni compensación alguna en el caso de que se produzca cualquier incidencia, derivada de los indicados contratos, que afecte al cumplimiento del presente Convenio.
Quinta
Difusión
Las Partes darán difusión a este Convenio, y a la campaña institucional que constituye su objeto, a través de sus canales de comunicación internos y externos.
BOCM-20250614-13
Coordinación de campañas en la estación Banco de España
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 121
Tercera
Compromisos del Banco de España
a) Ejecutar la campaña institucional objeto de este Convenio en sus distintas fases;
en concreto:
— Diseñar la campaña institucional y producir la cartelería informativa que se
incluirá en los espacios cedidos por Metro de Madrid.
— Remitir a Metro de Madrid, una vez diseñada la cartelería con los mensajes e
imágenes que formen parte de la campaña institucional, para su aprobación.
Al margen del logo oficial institucional del Banco de España, no podrán incluirse marcas o logotipos comerciales, ni ningún contenido que pueda ser
considerado publicidad comercial del Banco de España ni de cualesquiera
otras empresas o entidades.
— Producir, una vez recibida la conformidad de Metro de Madrid, la cartelería
divulgativa.
— Colocar la cartelería en los espacios destinados a tal fin en la estación de Metro de Banco de España, sin que su montaje altere la funcionalidad de sus elementos constructivos ni de las instalaciones que forman parte de la estación.
— Mantener y reponer, en caso de deterioro o vandalismo, la cartelería durante
la vigencia del Convenio, así como retirarla una vez concluida, devolviendo
los espacios cedidos en las mismas condiciones en que se recibieron de Metro de Madrid.
— Realizar las actuaciones pertinentes de reposición o reparación de los espacios cedidos por Metro de Madrid en caso de que la instalación de la cartelería cause algún daño a los mismos.
b) Disponer de todos los derechos que permitan la exhibición de las imágenes para la
realización de la campaña institucional en la estación de Metro de Banco de España, en los términos del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, eximiendo a Metro de
Madrid de cualquier responsabilidad que pudiera imputársele por su uso.
c) Ostentar todos los derechos, contratos y/o autorizaciones que, en su caso, deban ser
otorgadas, entre otras, por la Sociedad General de Auditores y Editores (SGAE) o
cualquier otra entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, abonando
las cantidades que para su obtención sean exigibles.
d) Responder y mantener indemne a Metro de Madrid frente a cualquier tipo de reclamación, procedimiento sancionador, demanda o causa, que tenga su origen en
la previsión del párrafo anterior, obligándose expresamente a reintegrar a Metro
de Madrid cualquier cantidad que tuviera que satisfacer, incluyendo indemnizaciones, gastos y costes legales.
e) Difundir la campaña a través de sus canales de comunicación institucionales.
Cuarta
La cesión del uso de espacios de la estación de Metro de Banco de España para el desarrollo de la campaña institucional objeto del presente Convenio no excluye la realización de campañas, en el mismo espacio, por parte del exclusivista publicitario de Metro de Madrid.
Banco de España reconoce haber sido informado de que la cartelería puede ser retirada en caso de que el exclusivista publicitario suscriba acuerdos con terceros para el desarrollo de otras acciones publicitarias. En tales casos, corresponderá al exclusivista publicitario la recolocación de los paneles retirados, en el menor tiempo posible, una vez finalizada
la campaña comercial correspondiente.
Ninguno de los firmantes del Convenio percibirá indemnización ni compensación alguna en el caso de que se produzca cualquier incidencia, derivada de los indicados contratos, que afecte al cumplimiento del presente Convenio.
Quinta
Difusión
Las Partes darán difusión a este Convenio, y a la campaña institucional que constituye su objeto, a través de sus canales de comunicación internos y externos.
BOCM-20250614-13
Coordinación de campañas en la estación Banco de España