D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250616-61)
Convenio – Convenio de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navacerrada, para el depósito del fondo documental histórico de dicho municipio en las dependencias del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
61
CONVENIO de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navacerrada, para el depósito del fondo documental histórico de dicho
municipio en las dependencias del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 27 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud de su nombramiento por el Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español a don Bartolomé González Jiménez, en
ejercicio de las competencias delegadas por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y
Deporte mediante la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de
convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, modificada por la Orden 913/2022, de 3 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, y de acuerdo
con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo: la Comunidad de Madrid).
De otra parte, el Sr. D. Pablo Jorge Herrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Navacerrada, en virtud de su elección y nombramiento en el Pleno de constitución del
Ayuntamiento de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del Ayuntamiento de
Ayuntamiento de Navacerrada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 30.1.a)
y 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid (en lo sucesivo: el Ayuntamiento).
Ambas partes se reconocen, respectivamente, capacidad y competencia para la firma
del presente Convenio de depósito, y a tal efecto
EXPONEN
I
Que la Ley 6/2023, de 30 de marzo, recoge, en su artículo 5, que todas las Administraciones, organismos y entidades del sector público autonómico y local de la Comunidad de
Madrid están obligados a colaborar en la consecución de los objetivos de dicha Ley. Las relaciones entre los mismos se regirán por los principios de lealtad institucional, coordinación
y colaboración, establecidos en su artículo 4 b). A estos efectos, y en el ámbito de sus respectivas competencias, todos aquéllos podrán establecer los convenios de colaboración que
resulten necesarios.
Que, asimismo, el artículo 34.4 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que las Entidades locales de la Comunidad de Madrid podrán depositar en el Archivo Regional de la
Comunidad de Madrid, por motivos técnicos y de conservación, los documentos custodiados en los archivos de sus Subsistemas de Archivos considerados de conservación permanente por su valor histórico o informativo, una vez concluidos los plazos establecidos en la
correspondiente Tabla de Valoración por la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid o, en su defecto, el plazo establecido en el artículo 51.2.c).
La aceptación del depósito por parte del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid requerirá del informe previo del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250616-61
Marco jurídico sectorial y antecedentes
Pág. 208
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LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
I. COMUNIDAD DE MADRID
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61
CONVENIO de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navacerrada, para el depósito del fondo documental histórico de dicho
municipio en las dependencias del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 27 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud de su nombramiento por el Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español a don Bartolomé González Jiménez, en
ejercicio de las competencias delegadas por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y
Deporte mediante la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de
convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, modificada por la Orden 913/2022, de 3 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, y de acuerdo
con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo: la Comunidad de Madrid).
De otra parte, el Sr. D. Pablo Jorge Herrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Navacerrada, en virtud de su elección y nombramiento en el Pleno de constitución del
Ayuntamiento de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del Ayuntamiento de
Ayuntamiento de Navacerrada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la
Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 30.1.a)
y 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid (en lo sucesivo: el Ayuntamiento).
Ambas partes se reconocen, respectivamente, capacidad y competencia para la firma
del presente Convenio de depósito, y a tal efecto
EXPONEN
I
Que la Ley 6/2023, de 30 de marzo, recoge, en su artículo 5, que todas las Administraciones, organismos y entidades del sector público autonómico y local de la Comunidad de
Madrid están obligados a colaborar en la consecución de los objetivos de dicha Ley. Las relaciones entre los mismos se regirán por los principios de lealtad institucional, coordinación
y colaboración, establecidos en su artículo 4 b). A estos efectos, y en el ámbito de sus respectivas competencias, todos aquéllos podrán establecer los convenios de colaboración que
resulten necesarios.
Que, asimismo, el artículo 34.4 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que las Entidades locales de la Comunidad de Madrid podrán depositar en el Archivo Regional de la
Comunidad de Madrid, por motivos técnicos y de conservación, los documentos custodiados en los archivos de sus Subsistemas de Archivos considerados de conservación permanente por su valor histórico o informativo, una vez concluidos los plazos establecidos en la
correspondiente Tabla de Valoración por la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid o, en su defecto, el plazo establecido en el artículo 51.2.c).
La aceptación del depósito por parte del Archivo Regional de la Comunidad de Madrid requerirá del informe previo del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid.
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Marco jurídico sectorial y antecedentes