Villaviciosa de Odón (BOCM-20250616-88)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 142

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88

VILLAVICIOSA DE ODÓN
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20250616-88

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4 de junio
de 2025, se ha aprobado la convocatoria y bases reguladoras del proceso selectivo para la
creación de una bolsa de empleo para cubrir temporalmente puestos de peón o puestos de
idéntica categoría, con las siguientes características:
— Sistema de selección: oposición libre.
— Titulación requerida: certificado de escolaridad o equivalente.
— Tasa de derechos examen: 5,40 euros.
El texto íntegro de las bases se encuentra publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el portal de empleo de la página web municipal https://www.aytovillaviciosadeodon.es/ ,
donde también se podrá descargar el modelo de instancia para participar en el proceso.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el acto administrativo de aprobación de las bases podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
la resolución impugnada, dentro del plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de esta resolución, según establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad
de Madrid, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, según dispone el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).
Contra el acto administrativo de convocatoria del proceso selectico no podrá interponerse recurso, al tratarse de un acto de trámite no cualificado, sin perjuicio de que los interesados puedan manifestar su oposición a este acto de trámite para su consideración en la
resolución que ponga fin al procedimiento.
En Villaviciosa de Odón, a 5 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.
(01/9.105/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791