B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250616-11)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se efectúa una corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de dicho Centro Directivo, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico de Cocina (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid, y se procede a la adjudicación de destinos correspondiente a las citadas pruebas
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 142
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
Pág. 53
pleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de
Técnico de Cocina (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid:
— En el Anexo de la reseñada Resolución, compuesto por la relación de personas
aprobadas en el proceso de referencia, donde dice:
CALIFICACIONES DEL PROCESO SELECTIVO
Nº DE
ORDEN
135
APELLIDOS Y NOMBRE
SANTIDRIAN DEL RIO, DANIEL
TURNO/
CUPO
(*)
FASE DE
OPOSICIÓN
***1700**
LD
16,79
NIF/NIE
TURNO/
CUPO
(*)
FASE DE
OPOSICIÓN
LD
16,79
NIF/NIE
FASE DE CONCURSO
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
CURSOS OFICIALES
DE FORMACCIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO
TOTAL
4,9
4,0
8,9
FINAL
13,2395
(*) TURNO:
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, cupo de Discapacidad
Debe decir:
CALIFICACIONES DEL PROCESO SELECTIVO
Nº DE
ORDEN
96
APELLIDOS Y NOMBRE
SANTIDRIAN DEL RIO, DANIEL
***1700**
FASE DE CONCURSO
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
CURSOS OFICIALES
DE FORMACCIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO
TOTAL
8,7
4,0
12,7
FINAL
14,9495
(*) TURNO:
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, cupo de Discapacidad
— En consonancia con lo expuesto, las personas aspirantes que en dicha relación ostentaban los números de orden comprendidos entre el 96 y el 134, habrán de ocupar los números de orden incluidos entre el 97 y el 135, respectivamente.
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo de
la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir a las
ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente mencionadas en el apartado primero no imposibilitan la asignación del correspondiente destino a
las personas aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería, Organismo Autónomo u
Ente de destino, se procederá a la formalización de los pertinentes contratos con las personas
adjudicatarias, debiendo también esa unidad dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo
de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de personarse en la subdirección general o unidad de personal de la
Consejería, Organismo Autónomo u Ente al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada,
en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de
esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de
proceder a la formalización del contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento de afiliación a la Seguridad Social, así
como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente
Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo
publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tec-cocina-grupo-iii-nivel-5-area-b , así
como en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-cocinaestabilizacion .
BOCM-20250616-11
Segundo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 142
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
Pág. 53
pleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de
Técnico de Cocina (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid:
— En el Anexo de la reseñada Resolución, compuesto por la relación de personas
aprobadas en el proceso de referencia, donde dice:
CALIFICACIONES DEL PROCESO SELECTIVO
Nº DE
ORDEN
135
APELLIDOS Y NOMBRE
SANTIDRIAN DEL RIO, DANIEL
TURNO/
CUPO
(*)
FASE DE
OPOSICIÓN
***1700**
LD
16,79
NIF/NIE
TURNO/
CUPO
(*)
FASE DE
OPOSICIÓN
LD
16,79
NIF/NIE
FASE DE CONCURSO
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
CURSOS OFICIALES
DE FORMACCIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO
TOTAL
4,9
4,0
8,9
FINAL
13,2395
(*) TURNO:
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, cupo de Discapacidad
Debe decir:
CALIFICACIONES DEL PROCESO SELECTIVO
Nº DE
ORDEN
96
APELLIDOS Y NOMBRE
SANTIDRIAN DEL RIO, DANIEL
***1700**
FASE DE CONCURSO
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
CURSOS OFICIALES
DE FORMACCIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO
TOTAL
8,7
4,0
12,7
FINAL
14,9495
(*) TURNO:
L = Turno Libre
LD = Turno Libre, cupo de Discapacidad
— En consonancia con lo expuesto, las personas aspirantes que en dicha relación ostentaban los números de orden comprendidos entre el 96 y el 134, habrán de ocupar los números de orden incluidos entre el 97 y el 135, respectivamente.
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo de
la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir a las
ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente mencionadas en el apartado primero no imposibilitan la asignación del correspondiente destino a
las personas aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería, Organismo Autónomo u
Ente de destino, se procederá a la formalización de los pertinentes contratos con las personas
adjudicatarias, debiendo también esa unidad dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo
de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que
se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al
servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de personarse en la subdirección general o unidad de personal de la
Consejería, Organismo Autónomo u Ente al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada,
en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de
esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con objeto de
proceder a la formalización del contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento de afiliación a la Seguridad Social, así
como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente
Resolución se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo
publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tec-cocina-grupo-iii-nivel-5-area-b , así
como en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-cocinaestabilizacion .
BOCM-20250616-11
Segundo