C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250617-35)
Bases ayudas – Orden 2237/2025, de 5 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al compromiso de bienestar y sanidad animal en ganadería intensiva de vacuno de leche en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE JUNIO DE 2025
Pág. 119
naderos de vacuno de leche por realizar, de forma voluntaria, actuaciones tendentes a mejorar el bienestar específico de su cabaña ganadera y dar lugar a una mejora de la calidad
de la producción ganadera.
Cabe señalar que estas intervenciones desarrolladas por esta orden contribuirán al
cumplimiento de los siguientes objetivos específicos, indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura
y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en materia de fomento y asesoramiento en materia de producciones agrícolas y ganaderas, de sus medios de producción, de la sanidad animal, sanidad vegetal, medicamentos, fertilizantes y productos
fitosanitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de
las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el artículo 10 del Decreto 235/2023, de 6
de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Con el fin de agilizar el procedimiento administrativo y en base al artículo 61 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la presente orden, además de establecer las bases reguladoras, aprueba la convocatoria para el año 2025 de “Ayudas al compromiso de sanidad y bienestar animal en ganadería intensiva de vacuno de leche” (Intervención 6504).
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 61, con carácter previo a la aprobación de la presente Orden, se han recabado los preceptivos informes
favorables de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y el de la Intervención de
la Comunidad de Madrid. Así como informes favorables de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Economía y de la Autoridad
de Gestión de su adecuación al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027
de la Comunidad de Madrid.
Las presentes bases reguladoras responden a los principios de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se actúa
conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la aprobación de estas bases
reguladoras es el sistema más adecuado para el fomento de la realización de actuaciones tendentes a mejorar el bienestar específico de la cabaña ganadera y a obtener un incremento de
la calidad de su producción, de forma voluntaria y más allá de la normativa de obligado cumplimiento, por parte de las explotaciones de vacuno de leche de la Comunidad de Madrid.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretende la
aplicación de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus
anexos 2023-2027 y, este fue sometido a consulta con el objeto de recibir observaciones
tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como
de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y
como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la tramitación de la norma (Anexo
I sobre la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han podido participar en la
definición del contenido del PEPAC que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras.
BOCM-20250617-35
OE 9 - Mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en
materia de alimentación y salud, en particular de alimentos de alta calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, la reducción del despilfarro de alimentos, así como la
mejora del bienestar de los animales y la lucha contra las resistencias a los antimicrobianos.
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE JUNIO DE 2025
Pág. 119
naderos de vacuno de leche por realizar, de forma voluntaria, actuaciones tendentes a mejorar el bienestar específico de su cabaña ganadera y dar lugar a una mejora de la calidad
de la producción ganadera.
Cabe señalar que estas intervenciones desarrolladas por esta orden contribuirán al
cumplimiento de los siguientes objetivos específicos, indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura
y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en materia de fomento y asesoramiento en materia de producciones agrícolas y ganaderas, de sus medios de producción, de la sanidad animal, sanidad vegetal, medicamentos, fertilizantes y productos
fitosanitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de
las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el artículo 10 del Decreto 235/2023, de 6
de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Con el fin de agilizar el procedimiento administrativo y en base al artículo 61 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la presente orden, además de establecer las bases reguladoras, aprueba la convocatoria para el año 2025 de “Ayudas al compromiso de sanidad y bienestar animal en ganadería intensiva de vacuno de leche” (Intervención 6504).
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 61, con carácter previo a la aprobación de la presente Orden, se han recabado los preceptivos informes
favorables de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y el de la Intervención de
la Comunidad de Madrid. Así como informes favorables de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Economía y de la Autoridad
de Gestión de su adecuación al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027
de la Comunidad de Madrid.
Las presentes bases reguladoras responden a los principios de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se actúa
conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la aprobación de estas bases
reguladoras es el sistema más adecuado para el fomento de la realización de actuaciones tendentes a mejorar el bienestar específico de la cabaña ganadera y a obtener un incremento de
la calidad de su producción, de forma voluntaria y más allá de la normativa de obligado cumplimiento, por parte de las explotaciones de vacuno de leche de la Comunidad de Madrid.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretende la
aplicación de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus
anexos 2023-2027 y, este fue sometido a consulta con el objeto de recibir observaciones
tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como
de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y
como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la tramitación de la norma (Anexo
I sobre la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han podido participar en la
definición del contenido del PEPAC que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras.
BOCM-20250617-35
OE 9 - Mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en
materia de alimentación y salud, en particular de alimentos de alta calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, la reducción del despilfarro de alimentos, así como la
mejora del bienestar de los animales y la lucha contra las resistencias a los antimicrobianos.