Villanueva del Pardillo (BOCM-20250618-65)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE JUNIO DE 2025
Pág. 143
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado
Resolución el día 5 de junio de 2025, del siguiente literal:
“DECRETO DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN POR AUSENCIA
D. Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente.
Dado en Villanueva del Pardillo, a fecha de firma electrónica que figura en este documento.
Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en
la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
Considerando que me ausentaré del municipio:
— Desde las 13:45 horas hasta las 24:00 horas del día 5 junio 2025.
— Desde las 24:00 horas del día 29 junio 2025 hasta las 24:00 horas del día 6 julio 2025.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Delegar en Dña. Sonia Cirvián Sánchez, primera teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido:
— Desde las 13:45 horas hasta las 24:00 horas del día 5 junio 2025.
— Desde las 24:00 horas del día 29 junio 2025 hasta las 24:00 horas del día 6 julio 2025.
En caso de ausencia o impedimento que imposibilite a la Sra. Cirvián el ejercicio de
las funciones de Alcaldía, la presente delegación se entiende hecha a favor, del resto de los
tenientes alcalde, por el orden de su nombramiento:
— Dña. Olga Sancho Mauri, segunda teniente de alcalde.
— D. Raúl Jiménez Rodríguez, tercer teniente de alcalde.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
BOCM-20250618-65
RESUELVO
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE JUNIO DE 2025
Pág. 143
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado
Resolución el día 5 de junio de 2025, del siguiente literal:
“DECRETO DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN POR AUSENCIA
D. Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente.
Dado en Villanueva del Pardillo, a fecha de firma electrónica que figura en este documento.
Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en
la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
Considerando que me ausentaré del municipio:
— Desde las 13:45 horas hasta las 24:00 horas del día 5 junio 2025.
— Desde las 24:00 horas del día 29 junio 2025 hasta las 24:00 horas del día 6 julio 2025.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Primero.—Delegar en Dña. Sonia Cirvián Sánchez, primera teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período comprendido:
— Desde las 13:45 horas hasta las 24:00 horas del día 5 junio 2025.
— Desde las 24:00 horas del día 29 junio 2025 hasta las 24:00 horas del día 6 julio 2025.
En caso de ausencia o impedimento que imposibilite a la Sra. Cirvián el ejercicio de
las funciones de Alcaldía, la presente delegación se entiende hecha a favor, del resto de los
tenientes alcalde, por el orden de su nombramiento:
— Dña. Olga Sancho Mauri, segunda teniente de alcalde.
— D. Raúl Jiménez Rodríguez, tercer teniente de alcalde.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
BOCM-20250618-65
RESUELVO