Montejo de la Sierra (BOCM-20250618-48)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE JUNIO DE 2025
Pág. 123
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MONTEJO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250618-48
Aprobada provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora de tasas por prestación de
servicios urbanísticos y derogación de las anteriores, por acuerdo del Pleno de 22 de mayo
de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente
de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de
la ordenanza estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento
( https://montejodelasierra.sedelectronica.es ). De no presentarse alegaciones, debe entenderse definitivamente adoptado el acuerdo inicial sin necesidad de acuerdo expreso.
Montejo de la Sierra, a 9 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Ismael Martín Hernán.
(03/9.289/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE JUNIO DE 2025
Pág. 123
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MONTEJO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250618-48
Aprobada provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora de tasas por prestación de
servicios urbanísticos y derogación de las anteriores, por acuerdo del Pleno de 22 de mayo
de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el
expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente
de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de
la ordenanza estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento
( https://montejodelasierra.sedelectronica.es ). De no presentarse alegaciones, debe entenderse definitivamente adoptado el acuerdo inicial sin necesidad de acuerdo expreso.
Montejo de la Sierra, a 9 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Ismael Martín Hernán.
(03/9.289/25)
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ISSN 1989-4791