3. Otras disposiciones. . (2025/79-27)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Balonmano.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Lunes, 28 de abril de 2025
página 5878/16

remuneración del presidente. Será pública en los casos restantes, salvo que la décima
parte de los asistentes solicite votación secreta.
4. La persona titular de la Presidencia tendrá voto de calidad, en caso de empate, en
la adopción de los acuerdos de la Asamblea General.
Artículo 47. Secretaría.
La persona titular de la Secretaría General de la Federación lo será también de la
Asamblea General. En su ausencia, actuará como secretario el miembro más joven de la
Asamblea.
Artículo 48. Acta.
1. El Acta de cada reunión especificará los nombres de los asistentes, las personas
que intervengan y el contenido fundamental de las deliberaciones, así como el texto de
los acuerdos que se adopten y el resultado de las votaciones y, en su caso, los votos
particulares contrarios a los acuerdos adoptados.
2. Podrá ser aprobada al finalizar la sesión del Pleno correspondiente, sin perjuicio de
su posterior remisión a los miembros de este.
En caso de no ser sometida a aprobación al término de la reunión, será remitida a
todos los miembros de la Asamblea para su aprobación en la próxima Asamblea General
que se celebre, sin perjuicio de la inmediata ejecutividad de los acuerdos adoptados,
que sólo podrán suspenderse por acuerdo del órgano competente, o por resolución
administrativa o judicial.
Sección Segunda. La Comisión delegada de la Asamblea General

Artículo 50. Funciones.
1. Son funciones de la Comisión delegada de la Asamblea General:
a) La modificación dentro de cada temporada del calendario deportivo.
b) La modificación de los presupuestos aprobados previamente por la Asamblea
General.
Las eventuales modificaciones a que se refieren los apartados anteriores no podrán
exceder de los límites y criterios que la Asamblea General establezca, y las propuestas
sobre las mismas, corresponderá exclusivamente, o al presidente de la Federación
Andaluza de Balonmano, o a la Comisión delegada, cuando ésta última lo acuerde por
mayoría de dos tercios, que deberán ser remitidas por escrito con una antelación mínima
de diez días a la fecha de su celebración.
2. Compete también a la Comisión:
a) Dar vista en la Asamblea General, de todos los acuerdos adoptados desde la
última reunión, para su ratificación.
b) Estudio de las propuestas de los asambleístas y/o de su Junta Directiva referentes
a los reglamentos de la Federación Andaluza de Balonmano.
c) Elaborar un informe previo a la aprobación de los presupuestos por la Asamblea
General.
d) Elaborar un informe previo anual en que se contemple el seguimiento de las
gestiones deportivas y económicas de la Federación Andaluza de Balonmano, en forma
de memoria y liquidación.
e) Aprobar las medidas económicas que sean precisas para el funcionamiento de
la Federación Andaluza de Balonmano, incluyéndose la potestad de poder pedir dinero
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 49. Definición.
La Asamblea General se podrá reunir, también, en Comisión delegada que actuará
como órgano de asistencia y control a la misma.