Disposiciones generales. . (2025/83-1)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025

página 6133/15

(Página 1 de 10 ) ANEXO III

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Dirección General de Comercio

JUSTIFICACIÓN

SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A
MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y
ARTESANO EN ANDALUCÍA (Código de procedimiento: 25594)
MODALIDAD B: FOMENTO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE PERSONAS
TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS

Orden de 3 de octubre de 2024 (BOJA núm. 197 de 9 de octubre de 2024).

MEMORIA DE ACTUACIÓN
D./D.ª

, con DNI n.º
, en calidad de
de la entidad
, con NIF
,
CERTIFICA que, habiendo sido beneficiario de una ayuda por importe de
al amparo de la Orden de
3 de octubre de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para mejora de la com petitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía, este importe se ha destinado a financiar las actividades que se detallan en documento adjunto, habiéndose cumplido el objeto de la subvención.
Asimismo, en su caso, los bienes serán destinados al fin para el que se concedió durante el período de tres años.
La información contenida en la presente justificación es fiel reflejo de la contabilidad de esta entidad, comprometiéndose a conservar y en caso de ser requerido para ello, poner a disposición de todos los órganos de verificación y control el soporte documental y contable de la presente certificación, así como las facturas o documentos
justificativos que soportan los gastos y los pagos detallados en la relación clasificada que más abajo se detalla,
durante un plazo de cinco años contados a partir del 31 de diciembre del año en que se efectúe el último pago,
sin perjuicio de las normas aplicables en materia de ayudas estatales.

00319734

009516/A02

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

CONVOCATORIA/ EJERCICIO:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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