3. Otras disposiciones. . (2025/87-28)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica adenda al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, el Consorcio para Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija» y los Ayuntamientos de Cañada Rosal y La Luisiana (provincia de Sevilla) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito territorial de los municipios de Cañada Rosal y La Luisiana.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Viernes, 9 de mayo de 2025
página 6310/5

Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento
de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones
específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente Convocatoria, dicte el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución,
seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y control del gasto,
y cualesquiera otras que resulten de aplicación.
VIII. La actuación objeto del convenio está sujeta al cumplimiento, ejecución y
realización de los objetivos fijados para el MRR de la UE, en el marco de los principios que
rigen dicho mecanismo, a la plena aplicación de los mecanismos de gestión, seguimiento
y control del MRR, a la normativa aplicable a la gestión, seguimiento y control del PRTR,
así como a las especificas relativas a la información y publicidad, verificación y demás
impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación.
IX. Conforme a los objetivos y principios que rigen el PRTR, la actuación objeto del
convenio:
• Tiene en cuenta la dimensión del reto demográfico pues el municipio referido se
encuentra entre los considerados medianos/pequeños municipios que cumplen una serie
de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
• Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
anexo VI del Reglamento UE 2021/241, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
• No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.

X. En aplicación del principio de recuperación de costes, la Ley 9/2010 establece el
canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, cuya recaudación y autoliquidación, como sustituto del contribuyente,
corresponde a las entidades suministradoras, las cuales serán responsables frente a la
Tesorería General de la Junta de Andalucía u organismo en quien delegue, de transferir
la totalidad de los ingresos obtenidos por este concepto, conforme a lo dispuesto en la
Orden de 17 de junio de 2011, por la que se aprueban los modelos 761 de Autoliquidación
Semestral y 762 de Declaración Anual y se determina el lugar y la forma de pago del
canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma, y
demás normas reguladoras.
XI. Que los ingresos procedentes del canon de mejora quedan afectados a la
financiación de las infraestructuras hidráulicas declaradas de interés de la Comunidad
Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 9/2010, para alcanzar en todo el
ámbito territorial de Andalucía un nivel homogéneo de calidad que cumpla los requisitos
legal y reglamentariamente establecidos.
XII. El pago de intereses y la amortización de créditos para la financiación de las
infraestructuras antes mencionadas podrán garantizarse con cargo a la recaudación que se
obtenga con el canon. En este sentido, debe destacarse que en la recaudación y aplicación
de los ingresos derivados del citado canon rige, además, el principio de solidaridad entre
los usuarios, al tenerse en cuenta efectos sociales, medioambientales y económicos de la
recuperación y las condiciones geográficas y climáticas propias de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319911

1.2.2. Se eliminan los apartados X, XI y XII del convenio firmado, que son los siguientes: