3. Otras disposiciones. . (2025/87-29)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se autoriza al centro ESSCA School of Management, S.L., para establecerse como centro acreditado de enseñanzas universitarias conforme al sistema educativo francés y poder expedir títulos reconocidos por el Ministerio de Educación Superior y de Investigación de Francia (MESR).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Viernes, 9 de mayo de 2025
página 6332/5
Segundo. En caso de cese de la actividad, ESSCA School of Management, S.L.,
deberá mantener los estudios autorizados por un periodo mínimo que permita su
finalización a los alumnos que los hayan iniciado, de acuerdo con un rendimiento
académico ordinario y/o suficiente.
Tercero. ESSCA School of Management, S.L., deberá solicitar a la Consejería con
competencia en materia de universidades, la autorización para realizar cualquier cambio
en las circunstancias y condiciones esenciales que han motivado la presente resolución.
El incumplimiento de esta disposición, con respecto a las condiciones esenciales, dará
lugar a la incoación del expediente de revocación de autorización.
Cuarto. La Consejería competente en materia de universidades inspeccionará el
cumplimiento, por parte del centro de las normas que le sean de aplicación y de las
obligaciones que asume con la presente autorización. El centro colaborará en las tareas
de inspección, facilitando la documentación y el acceso a sus instalaciones cuando sea
requerido para ello.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma,
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Universidad, Investigación e
Innovación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00319933
Sevilla, 30 de abril de 2025.- El Secretario General, Ramón Herrera de las Heras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Viernes, 9 de mayo de 2025
página 6332/5
Segundo. En caso de cese de la actividad, ESSCA School of Management, S.L.,
deberá mantener los estudios autorizados por un periodo mínimo que permita su
finalización a los alumnos que los hayan iniciado, de acuerdo con un rendimiento
académico ordinario y/o suficiente.
Tercero. ESSCA School of Management, S.L., deberá solicitar a la Consejería con
competencia en materia de universidades, la autorización para realizar cualquier cambio
en las circunstancias y condiciones esenciales que han motivado la presente resolución.
El incumplimiento de esta disposición, con respecto a las condiciones esenciales, dará
lugar a la incoación del expediente de revocación de autorización.
Cuarto. La Consejería competente en materia de universidades inspeccionará el
cumplimiento, por parte del centro de las normas que le sean de aplicación y de las
obligaciones que asume con la presente autorización. El centro colaborará en las tareas
de inspección, facilitando la documentación y el acceso a sus instalaciones cuando sea
requerido para ello.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma,
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Universidad, Investigación e
Innovación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00319933
Sevilla, 30 de abril de 2025.- El Secretario General, Ramón Herrera de las Heras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja