3. Otras disposiciones. . (2025/88-41)
Resolución Conjunta de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se autoriza a determinados centros educativos a impartir los cursos preparatorios para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2025-2026.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Lunes, 12 de mayo de 2025

página 6246/2

RESU ELV EN
Primero. Objeto de la resolución.
El objeto de la presente resolución es la autorización del Curso de Formación Preparatorio
para acceder a los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional del
sistema educativo para el curso 2025/2026 en determinados centros públicos.
Segundo. Centros autorizados.
1. Los centros educativos autorizados para la impartición del curso preparatorio
para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior son los
siguientes:
Centro autorizado
IPEP Sevilla (41702084)
IPEP Málaga (29701301)
IPEP Córdoba (14700018)
IPEP Cádiz (11700317)
IPEP Juan Latino (1811111)

Modalidad
Presencial
X
X
X
X
X

Distancia
X

Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.
De conformidad con los artículos 112.2 y 113.1 del Real Decreto 659/2023, podrán
realizar los cursos preparatorios para el acceso a las enseñanzas de Formación
Profesional de Grado Superior las personas que no cumplan los requisitos de acceso
a dichas enseñanzas y se requerirá, además, tener diecinueve años como mínimo,
cumplidos en el año de realización del inicio de la formación.
Cuarto. Calendario de admisión y matrícula.
El procedimiento de admisión y matriculación se realizará de conformidad con
el calendario que se publique por la Dirección General de Formación Profesional y
Educación Permanente.
Quinto. Organización del curso.
1. El curso preparatorio para el acceso a las enseñanzas de Formación Profesional
de Grado Superior tendrá una duración de un máximo de 600 horas, de conformidad con
el artículo 113 del Real Decreto 659/2023.
2. La organización curricular, distribución horaria y demás aspectos organizativos del
curso se regulará por instrucciones de la Dirección General competente en Formación
Profesional y Educación Permanente.
Sexto. Aplicación y efectos académicos.
1. Se autoriza a los distintos Órganos Directivos de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional a dictar cuantas instrucciones sean precisas para la
aplicación de la presente resolución, en el ámbito de sus respectivas competencias.
2. La presente resolución tendrá efectos académicos a partir del curso escolar 2025/2026.

00319846

Sevilla, 25 de abril de 2025.- La Directora General de Formación Profesional y Educación
Permanente, Inmaculada Troncoso García; el Director General de Planificación, Centros
y Enseñanza Concertada, Rafael Javier Salas Machuca.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja