Autoridades y personal. . (2025/89-29)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en la Residencia Universitaria «Alberto Jiménez Fraud» para el curso académico 2025/2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6549/3
5.7. Si desean puntuar como deportistas de alto nivel o de alto rendimiento deberán
presentar la certificación que les acredite como tales.
5.8. Si desean puntuar como residentes con necesidades especiales por discapacidad
acreditada con un grado reconocido igual o superior al 33 por ciento, deberán presentar
documentación acreditativa del grado de discapacidad junto con el dictamen técnico
facultativo, emitidos por alguno de los centros oficiales competentes para la valoración de
los grados de discapacidad.
A efectos comprobatorios de los datos aportados, la administración universitaria
podrá dirigirse a las personas solicitantes, a otros organismos administrativos, empresas
y profesionales particulares, demandando confirmación de las circunstancias alegadas o
información complementaria.
Artículo 6. Baremo.
6.1. Umbrales de renta: Al estudiantado recogido en el punto a) del artículo 2 se
le aplicará la puntuación que le corresponda, según el baremo establecido en esta
convocatoria:
FAMILIA DE:
1 MIEMBRO
2 MIEMBROS
3 MIEMBROS
4 MIEMBROS
5 MIEMBROS
6 MIEMBROS
7 MIEMBROS
8 MIEMBROS
UMBRAL 1
14.112,00 €
24.089,00 €
32.697,00 €
38.831,00 €
43.402,00 €
46.853,00 €
50.267,00 €
53.665,00 €
UMBRAL 2
21.168,00 €
36.133,50 €
49.045,50 €
58.246,50 €
65.103,00 €
70.279,50 €
75.400,50 €
80.497,50 €
UMBRAL 3
28.224,00 €
48.178,00 €
65.394,00 €
77.662,00 €
86.804,00 €
93.706,00 €
100.534,00 €
107.330,00 €
A partir del octavo miembro, se añadirán 3.562 euros por cada nuevo miembro computable.
- Si no superan el primer umbral de renta: 26 puntos.
- Si se está comprendido entre el primero y segundo umbral de renta inclusive: 20
puntos.
- Si se está comprendido entre el segundo y tercer umbral de renta inclusive: 14
puntos.
- Si se supera el tercer umbral de renta o los ingresos de la unidad familiar no están
debidamente justificados: 0 puntos.
En los casos de solicitudes de plazas para residentes con necesidades especiales
por una discapacidad acreditada, la puntuación obtenida en base a los umbrales de renta
anteriores se verá incrementada, conforme a la siguiente tabla:
DISCAPACIDAD ACREDITADA
Del 33% al 44,9%
Del 45% al 64,9%
Del 65% en adelante
UMBRAL1
10 puntos
15 puntos
20 puntos
UMBRAL 2
5 puntos
10 puntos
15 puntos
UMBRAL 3
1 punto
5 puntos
10 puntos
6.2. Distancia del domicilio familiar al centro docente:
3 puntos
7 puntos
13 Puntos
6.3. Media del expediente académico:
6.3.1. A las personas solicitantes cuyo objetivo sea ingresar en la Universidad de
Málaga el próximo curso 2025/2026 una vez superadas las pruebas de acceso en la
convocatoria de junio o julio de 2025, no se les exigirá requisito académico, otorgándoseles
en este apartado 8 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320150
Entre 25 y 50 kilómetros
Entre 51 y 100 kilómetros
Más de 100 kilómetros
BOJA
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6549/3
5.7. Si desean puntuar como deportistas de alto nivel o de alto rendimiento deberán
presentar la certificación que les acredite como tales.
5.8. Si desean puntuar como residentes con necesidades especiales por discapacidad
acreditada con un grado reconocido igual o superior al 33 por ciento, deberán presentar
documentación acreditativa del grado de discapacidad junto con el dictamen técnico
facultativo, emitidos por alguno de los centros oficiales competentes para la valoración de
los grados de discapacidad.
A efectos comprobatorios de los datos aportados, la administración universitaria
podrá dirigirse a las personas solicitantes, a otros organismos administrativos, empresas
y profesionales particulares, demandando confirmación de las circunstancias alegadas o
información complementaria.
Artículo 6. Baremo.
6.1. Umbrales de renta: Al estudiantado recogido en el punto a) del artículo 2 se
le aplicará la puntuación que le corresponda, según el baremo establecido en esta
convocatoria:
FAMILIA DE:
1 MIEMBRO
2 MIEMBROS
3 MIEMBROS
4 MIEMBROS
5 MIEMBROS
6 MIEMBROS
7 MIEMBROS
8 MIEMBROS
UMBRAL 1
14.112,00 €
24.089,00 €
32.697,00 €
38.831,00 €
43.402,00 €
46.853,00 €
50.267,00 €
53.665,00 €
UMBRAL 2
21.168,00 €
36.133,50 €
49.045,50 €
58.246,50 €
65.103,00 €
70.279,50 €
75.400,50 €
80.497,50 €
UMBRAL 3
28.224,00 €
48.178,00 €
65.394,00 €
77.662,00 €
86.804,00 €
93.706,00 €
100.534,00 €
107.330,00 €
A partir del octavo miembro, se añadirán 3.562 euros por cada nuevo miembro computable.
- Si no superan el primer umbral de renta: 26 puntos.
- Si se está comprendido entre el primero y segundo umbral de renta inclusive: 20
puntos.
- Si se está comprendido entre el segundo y tercer umbral de renta inclusive: 14
puntos.
- Si se supera el tercer umbral de renta o los ingresos de la unidad familiar no están
debidamente justificados: 0 puntos.
En los casos de solicitudes de plazas para residentes con necesidades especiales
por una discapacidad acreditada, la puntuación obtenida en base a los umbrales de renta
anteriores se verá incrementada, conforme a la siguiente tabla:
DISCAPACIDAD ACREDITADA
Del 33% al 44,9%
Del 45% al 64,9%
Del 65% en adelante
UMBRAL1
10 puntos
15 puntos
20 puntos
UMBRAL 2
5 puntos
10 puntos
15 puntos
UMBRAL 3
1 punto
5 puntos
10 puntos
6.2. Distancia del domicilio familiar al centro docente:
3 puntos
7 puntos
13 Puntos
6.3. Media del expediente académico:
6.3.1. A las personas solicitantes cuyo objetivo sea ingresar en la Universidad de
Málaga el próximo curso 2025/2026 una vez superadas las pruebas de acceso en la
convocatoria de junio o julio de 2025, no se les exigirá requisito académico, otorgándoseles
en este apartado 8 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320150
Entre 25 y 50 kilómetros
Entre 51 y 100 kilómetros
Más de 100 kilómetros