Autoridades y personal. . (2025/89-29)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en la Residencia Universitaria «Alberto Jiménez Fraud» para el curso académico 2025/2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6549/5

Artículo 8. Precios.
Los precios que deberán abonar las personas que resulten adjudicatarias aparecerán
en la Resolución definitiva de adjudicación de plazas de la Residencia y se mantendrán
para todo el curso académico.
Para las personas recogidas en el apartado a) del artículo 2, los precios serán:
- Con servicio de alojamiento prestado en habitaciones compartidas, vienen establecidos
según la renta de la unidad familiar;
1.º - Si no se supera el primer umbral de renta, el precio será de 185 euros mensuales.
2.º - Si la renta está comprendida entre el primer y el segundo umbral, el precio será
de 203 euros mensuales.
3.º - Si la renta está comprendida entre el segundo y el tercer umbral, el precio será
de 225 euros mensuales.
4.º - Cuando la renta neta de la unidad familiar sea superior al tercer umbral el precio
será de 242 euros mensuales.
5.º - En el caso de que los ingresos de la unidad familiar no estén debidamente
justificados, o no se presente renta, el precio será de 242 euros mensuales.
6.º - En el caso de estudiantado extranjero con autorización de estancia 242 euros
mensuales.
- Para las personas que soliciten alojamiento en habitación individual no serán de
aplicación las deducciones por nivel de renta, siendo el importe de 275 euros mensuales.
b) Para las personas recogidas en el apartado c) del artículo 3, el precio establecido
por persona y plaza será de 185 euros mensuales. En caso de necesitar acompañante,
este abonará el mismo importe:185 euros mensuales.
En los precios anteriormente señalados se incluye el servicio de limpieza (dos veces
por semana) y conexión a internet.
Las cantidades indicadas en los apartados anteriores no incluyen: la alimentación, la
ropa de cama y los enseres, así como los gastos de consumo de energía eléctrica, de
agua ni las llamadas de teléfono externas a la Residencia. El coste de estos consumos se
prorrateará periódicamente entre las personas del mismo apartamento. Otros servicios
extras que se oferten serán con cargo a las personas beneficiarias.
Artículo 9. Formalización del contrato.
Las personas beneficiarias a las que se les adjudique una plaza deberán formalizar el
correspondiente contrato en el plazo de los quince días siguientes a la publicación de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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venían disfrutando, siempre que no cuenten con un informe desfavorable de la Dirección
Académica de la Residencia.
b) Las plazas de nuevo ingreso presentadas en el plazo establecido se adjudicarán
según las vacantes que resulten una vez adjudicadas las de renovación, de acuerdo con
la puntuación obtenida, según establece el artículo 6.1 y 6.2 de la presente convocatoria.
c) A los estudiantes ya matriculados en un Programa de Doctorado en el curso
2024/25, no se les exigirá requisito académico, otorgándoseles en este apartado 8 puntos.
d) Para los casos no reflejados en el apartado anterior, se les considerará como nota
de su expediente académico la nota media del expediente que le da acceso al Programa
de Doctorado.
Las plazas vacantes de este cupo se acumularán en el apartado a) del artículo 2.
7.3. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria se
incluirán a continuación de las presentadas dentro de plazo, por orden de fecha y hora
de entrada en el Registro General de la Universidad de Málaga o por cualquiera de las
formas establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
7.4. Tendrán preferencia en la adjudicación los estudiantes que soliciten el periodo
completo de estancia. Pasando al final de la lista de adjudicación o de reserva aquellos
estudiantes que no soliciten el periodo completo.