3. Otras disposiciones. . (2025/90-46)
Resolución de 1 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de determinadas ayudas concedidas al amparo de la Orden de 27 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (Boja núm. 174, de 8 de septiembre).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6640/6

RESU ELV E
Primero. Declarar la pérdida del derecho al cobro y minoración de las ayudas
destinadas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su
vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para
atender el pago del alquiler de la vivienda habitual a las personas relacionadas en el
anexo adjunto, por los importes que se relacionan en el mismo.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación
del Territorio y Vivienda, accediendo al siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/
areas/vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/ayudas-vulnerables-general/paginas/
vulnerables-2024.html
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de reposición ante la persona titular de esta Delegación Territorial en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo
Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00320241

Málaga, 1 de mayo de 2025.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D. (disposición adicional primera y apartado 12 del Cuadro resumen de las
bases reguladoras, aprobadas por Orden de 27.7.2020, BOJA núm. 147, de 31.7.2020), la
Delegada, María Rosa Morales Serrano.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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