Disposiciones generales. . (2025/91-5)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias artísticas en el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6724/5

La Comisión tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación
de esta convocatoria y podrán requerir a los/as solicitantes, en cualquier momento de
la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzguen precisos para valorar y
completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada.
La Comisión actuará con pleno respeto de los criterios de igualdad, transparencia y
no discriminación.
La Comisión de Valoración se regirá, en lo no previsto por esta resolución, por lo
establecido en la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título IV de la mencionada
Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Décima. Criterios de valoración.
Para la valoración de las solicitudes, la Comisión tomará en consideración los
siguientes criterios, con la puntuación que se indica:
a) El currículum y trayectoria de los/las integrantes (20 puntos).
b) La calidad e innovación del proyecto. (35 puntos). Los proyectos que no superen un
mínimo de 18 puntos en este apartado quedarán excluidos.
c) Proyección profesional (25 puntos).
d) Viabilidad de realización en la propuesta (20 puntos).
Completada la valoración de la totalidad de las solicitudes presentadas, se elaborará
un orden de prelación.
Las propuestas mejor valoradas podrán ser seleccionadas para participar en el programa.
Se podrán seleccionar como suplentes hasta dos solicitantes.
La Comisión propondrá asignar a cada proyecto seleccionado el espacio más
adecuado para su desarrollo, así como proponer, en su caso, el lugar de representación.

Decimosegunda. Derechos de imagen.
1. Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los/as
seleccionados/as aceptan y autorizan que su apariencia física, voz y nombre, en su caso,
pueda aparecer en todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles,
etc.) tomadas en los espacios de las distintas sedes de las residencias para su difusión
informativa o promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos usos o aplicaciones
que pudieran atentar a su derecho al honor en los términos previstos por la Ley Orgánica
1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y
Familiar y a la Propia Imagen.
2. En toda publicidad que realice la compañía o artista del espectáculo resultante
del trabajo realizado en el periodo de residencia, sobre cualquier soporte o formato,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Decimoprimera. Propiedad intelectual.
Los/as participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es
de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto
incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho
de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes
autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente
convocatoria. Corresponde en exclusiva a los participantes la asunción de todas
las responsabilidades que por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores
pudieran exigirse y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que
pudieran producirse.
La compañía autoriza la grabación del taller formativo, así como la toma de imágenes
del proceso de creación y la muestra pública, a efectos exclusivos de documentación
y archivos, no pudiendo proceder a la explotación comercial del mismo, así mismo se
autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de
promoción y difusión del programa.