Disposiciones generales. . (2025/92-1)
Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se publica el incremento del crédito disponible en la Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6795/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se publica el incremento del crédito
disponible en la Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se efectúa
la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y
acuícolas, al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023.
Mediante la Orden de 19 de diciembre de 2024 (BOJA núm. 252, de 31 de diciembre de
2024), se efectúa la convocatoria del procedimiento para la concesión de las ayudas para
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas,
al amparo de la Orden de 26 de octubre de 2023, por un importe de 5.000.000,00 euros,
con la siguiente distribución presupuestaria:

Ayudas para inversiones en
comercialización y transformación de
los productos pesqueros y acuícolas

Cuantía máxima
2025
2026

Entidades
beneficiarias

Partida presupuestaria

Personas y entidades
privadas

1400120000/G/71P/
77300/00/G4220402A6

Línea de ayuda

2.000.000,00 €

3.000.000,00 €

Una vez recibidas las solicitudes de ayudas, para poder atender el importe total de
ayuda solicitada y teniendo en cuenta que existe disponibilidad de crédito, se considera
conveniente incrementar el crédito en la cuantía de 1.640.000,00 € para las ayudas a
inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas.
En el punto 4 del resuelvo cuarto de la citada orden de convocatoria se recoge que,
además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá
contar con una cuantía adicional máxima de hasta 10.000.000,00 euros, cuya aplicación
a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a
la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión,
como consecuencia de un aumento de crédito disponible derivado de una generación,
una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4
de mayo. La declaración del aumento de crédito se publicará por quien lleva a cabo la
presente convocatoria y por el mismo medio de esta, sin que tal publicidad lleve aparejada
la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo
cómputo de plazo para adoptar y publicar la resolución correspondiente.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la normativa citada así como la de general
aplicación,

Publicar el incremento del crédito disponible en la convocatoria de 2025, para la
línea de ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos
pesqueros y acuícolas, en la cuantía de 1.640.000,00 €, ascendiendo el importe total
del crédito convocado a 6.640.000,00 € euros, conforme a la siguiente distribución
presupuestaria:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320395

RESU ELVO