Disposiciones generales. . (2025/93-5)
Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para el año 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Lunes, 19 de mayo de 2025
página 6888/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se convocan
subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de
extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para el
año 2025.
BDNS (Identif.): 828346.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y
en el presente BOJA (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/).
Primero. Se convocan para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en
régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro,
con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:
POSICIÓN PRESUPUESTARIA
1600.01.0000-G/82 A/487.02
DENOMINACIÓN
A familias e instituciones sin fines de lucro.
Asistencia Comunidades Andaluzas
IMPORTE
100.000 euros
Segundo. Beneficiarios.
Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español.
Tercero. Objeto.
Mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema
necesidad, residentes en países extranjeros. Dichas personas han de ostentar o estar
en disposición de obtener la nacionalidad española y la condición política de andaluz
o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021 (BOJA
núm. 109, de 9 de junio de 2021), por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente al ejercicio
2025 será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de
este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en la orden
de convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320488
Quinto. Cuantía.
La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las
aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van
dirigidas las ayudas, ampliable en los términos establecidos en la orden de convocatoria.
La cuantía máxima subvencionada será de 40.000 euros por solicitud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Lunes, 19 de mayo de 2025
página 6888/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se convocan
subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de
extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para el
año 2025.
BDNS (Identif.): 828346.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y
en el presente BOJA (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/).
Primero. Se convocan para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en
régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro,
con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:
POSICIÓN PRESUPUESTARIA
1600.01.0000-G/82 A/487.02
DENOMINACIÓN
A familias e instituciones sin fines de lucro.
Asistencia Comunidades Andaluzas
IMPORTE
100.000 euros
Segundo. Beneficiarios.
Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español.
Tercero. Objeto.
Mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema
necesidad, residentes en países extranjeros. Dichas personas han de ostentar o estar
en disposición de obtener la nacionalidad española y la condición política de andaluz
o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021 (BOJA
núm. 109, de 9 de junio de 2021), por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente al ejercicio
2025 será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de
este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en la orden
de convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320488
Quinto. Cuantía.
La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las
aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van
dirigidas las ayudas, ampliable en los términos establecidos en la orden de convocatoria.
La cuantía máxima subvencionada será de 40.000 euros por solicitud.