3. Otras disposiciones. . (2025/94-18)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Zona Industrial de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Martes, 20 de mayo de 2025

página 6931/8

• Restauración y desarrollo de plantaciones en taludes y zonas de ocupación
temporal.
• Adopción de medidas en obra destinadas a la minimización de la generación de
polvo y partículas.
• Empleo, en la medida de lo posible, de maquinaria y vehículos de bajas emisiones.
• La maquinaria deberá cumplir con la normativa vigente de aplicación en materia de
ruidos.
• Desarrollo de medidas de evitación de vertidos y contención de derrames en las
aguas portuarias.
Sobre el paisaje:
• Selección de zonas con poca cobertura vegetal, para minimizar el impacto visual de
las obras.
• Restauración y desarrollo de plantaciones en taludes y zonas de ocupación
temporal, mejorando la integración de las nuevas infraestructuras.
El seguimiento ambiental de estos efectos negativos del PMCA consistirá, en primer
lugar, en la verificación y valoración de la ejecución de estas medidas preventivas
y correctoras. En segundo lugar en el análisis de los valores de los indicadores de
evaluación ambiental (apartado 11.2 del DAE) aplicables a tales efectos.
El presente IAE establece la necesidad de elaboración de memorias de seguimiento
ambiental, sugiriéndose una periodicidad anual acorde con la establecida para el cálculo
de los indicadores que se recogen en el PMCA. Estas memorias, que serían desarrolladas
por el promotor para el seguimiento de la EAEs, podrá contemplar adaptaciones de
los indicadores y medidas correctoras a consecuencia de las conclusiones que se
desprendan de la aplicación de estos indicadores.
6. Conclusión.
Acorde con todo lo anterior, esta Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio
Climático, como órgano ambiental competente en materia de evaluación ambiental
estratégica, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas y de conformidad
con los criterios establecidos en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, resuelve este procedimiento de evaluación ambiental simplificada
con el siguiente pronunciamiento:
No se prevén efectos negativos significativos sobre el medio ambiente procedentes
de la ejecución de las medidas que contempla el Plan de Mejora de la Calidad del Aire de
la Zona Industrial de Huelva, en los términos establecidos en el presente informe y en el
documento ambiental estratégico.
Para aquellos proyectos concretos que ya se identifican entre las medidas propias
de este PMCA, se recuerda lo establecido en el artículo 13.11 de la ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
El presente informe ambiental estratégico se remite a la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, como promotora del Plan de Mejora de
la Calidad del Aire de la Zona Industrial de Huelva y se publica en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la web del órgano ambiental, en cumplimiento del artículo 39.3
de la Ley GICA.

Sevilla, 13 de mayo de 2025.- La Secretaria General, María López Sanchís.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320531

Contra el presente informe ambiental estratégico no procede recurso administrativo
alguno, sin perjuicio de los que procedan, en su caso, contra la resolución que apruebe el
plan sometido al mismo.