Autoridades y personal. . (2025/96-29)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas aspirantes que se citan, en la categoría de Pinche, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema de acceso libre, en el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7136/2

Así, habiendo un aspirante que no ha presentado solicitud de petición de centro
de destino, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo, según lo
establecido por Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 86, de 8 de mayo), procede conceder, a fin de
no causar indefensión y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de
diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para subsanar la falta de presentación de
declaración responsable.
De conformidad con lo anterior, y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13
del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales
de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición,
por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas
categorías/cuerpos y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para
la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones
de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023; BOJA núm. 72, de
18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril; en el Decreto 296/2021, de 28
de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, en uso de las atribuciones que tiene conferidas
en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14
de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de
octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de
provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en
virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
de 2024 (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General

Único. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el anexo de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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