3. Otras disposiciones. . (2025/117-11)
Orden de 11 de junio de 2025, por la que se aprueba el Catálogo de Medios del Plan INFOCA 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Viernes, 20 de junio de 2025
página 8798/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Orden de 11 de junio de 2025, por la que se aprueba el Catálogo de Medios del
Plan INFOCA 2025.
El artículo 37 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios
forestales, regula como uno de los contenidos mínimos del Plan de Emergencia por
Incendios Forestales de Andalucía (Plan INFOCA), el catálogo de medios y recursos
específicos a disposición de las actuaciones previstas en el mismo. No obstante, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 38.2 de la citada ley, la persona titular de la
Consejería competente deberá, mediante orden, aprobar anualmente la actualización del
Catálogo de Medios del citado Plan y el régimen aplicable a los medios personales.
El artículo 2 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, en la redacción dada por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de
abril, establece que corresponde a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía relativas a la lucha contra las emergencias ambientales
causadas por los incendios forestales. Estas competencias se mantienen en el Decreto
6/2024, de 29 de julio, por el que se modifica el Decreto 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías.
El Decreto-ley 2/2023, de 11 abril, por el que se adoptan medidas en materia de
emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales, en sus artículos 5
y 6, autorizó la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias
de Andalucía y la adscribe a la Consejería con competencia en materia de protección civil
y emergencias. Posteriormente, el Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, aprueba los
Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
El funcionamiento efectivo de la entidad y la asunción de sus competencias tiene lugar el
1 de enero de 2025.
La Agencia tiene entre sus funciones el desarrollo y ejecución de las políticas de la
Administración de la Junta de Andalucía en materia de extinción de incendios forestales,
de conformidad con el artículo 6.5 del Decreto-ley 2/2023, de 11 abril.
La Agencia está adscrita a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, en virtud de lo dispuesto en el apartado e) del artículo 1 del
Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
En virtud de todo lo anterior y a propuesta de la Dirección Gerencia de la Agencia de
Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía,
RESU ELVO
Sevilla, 11 de junio de 2025.- El Presidente de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral
de Emergencias de Andalucía, Antonio Sanz Cabello.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322398
Aprobar el Catálogo de Medios de Extinción de Incendios Forestales 2025, que se
incluye como anexo a la presente orden.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Viernes, 20 de junio de 2025
página 8798/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Orden de 11 de junio de 2025, por la que se aprueba el Catálogo de Medios del
Plan INFOCA 2025.
El artículo 37 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios
forestales, regula como uno de los contenidos mínimos del Plan de Emergencia por
Incendios Forestales de Andalucía (Plan INFOCA), el catálogo de medios y recursos
específicos a disposición de las actuaciones previstas en el mismo. No obstante, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 38.2 de la citada ley, la persona titular de la
Consejería competente deberá, mediante orden, aprobar anualmente la actualización del
Catálogo de Medios del citado Plan y el régimen aplicable a los medios personales.
El artículo 2 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, en la redacción dada por el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de
abril, establece que corresponde a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía relativas a la lucha contra las emergencias ambientales
causadas por los incendios forestales. Estas competencias se mantienen en el Decreto
6/2024, de 29 de julio, por el que se modifica el Decreto 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías.
El Decreto-ley 2/2023, de 11 abril, por el que se adoptan medidas en materia de
emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales, en sus artículos 5
y 6, autorizó la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias
de Andalucía y la adscribe a la Consejería con competencia en materia de protección civil
y emergencias. Posteriormente, el Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, aprueba los
Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
El funcionamiento efectivo de la entidad y la asunción de sus competencias tiene lugar el
1 de enero de 2025.
La Agencia tiene entre sus funciones el desarrollo y ejecución de las políticas de la
Administración de la Junta de Andalucía en materia de extinción de incendios forestales,
de conformidad con el artículo 6.5 del Decreto-ley 2/2023, de 11 abril.
La Agencia está adscrita a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, en virtud de lo dispuesto en el apartado e) del artículo 1 del
Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
En virtud de todo lo anterior y a propuesta de la Dirección Gerencia de la Agencia de
Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía,
RESU ELVO
Sevilla, 11 de junio de 2025.- El Presidente de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral
de Emergencias de Andalucía, Antonio Sanz Cabello.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322398
Aprobar el Catálogo de Medios de Extinción de Incendios Forestales 2025, que se
incluye como anexo a la presente orden.