3. Otras disposiciones. . (2025/117-18)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía en aplicación de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Auxiliar de Servicios en Centros.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Viernes, 20 de junio de 2025
página 8737/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se modifica la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía en aplicación
de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición de
personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Auxiliar de Servicios
en Centros.
Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición
de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V,
correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario de 2020 y 2021.
En dicho proceso selectivo para la cobertura de vacantes se convocaron 16 plazas
correspondientes a la categoría profesional laboral de Auxiliar de Servicios en Centros
del Grupo IV de clasificación profesional.
En el apartado 8, de la base novena de la Resolución de 21 de diciembre de 2022,
se dispone que por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará la
relación de plazas para que las personas seleccionadas, de forma telemática a través
de la web del Emplead@ realicen en un plazo de diez días hábiles petición de destinos
y presenten la documentación preceptiva, estableciendo asimismo el apartado 3, de la
base octava, que las Comisiones de Selección no podrán proponer que han superado el
proceso selectivo un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
El artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública la competencia
para la modificación de la relación de puestos de trabajo como consecuencia de la
aplicación de la oferta de empleo público previamente aprobada, mediante la creación de
puestos o modificación de las características de los ya existentes, sin que en ningún caso
suponga incremento de coste de la plantilla presupuestaria.
Por lo tanto, una vez valoradas las necesidades de ordenación de efectivos, procede
crear aquellos puestos de trabajo que resultan necesarios para resolver la oferta de
vacantes a las personas aspirantes seleccionadas.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la
creación de puestos de trabajo, no supondrá la ampliación de la plantilla presupuestaria
de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los
apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.

RESU ELVO
Primero. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración General de
la Junta de Andalucía en los términos expresados en el anexo de la presente resolución,
creando los puestos de trabajo correspondientes a la categoría profesional laboral de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322336

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública,