3. Otras disposiciones. . (2025/121-25)
Resolución de 20 de junio de 2025, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se ordena la publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la memoria anual de la institución correspondiente al año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Jueves, 26 de junio de 2025
página 8992/23

4. ACTUACIONES Y RESULTADOS
4.1. CANAL EXTERNO DE INFORMACIÓN

La OAAF ejerce en Andalucía de canal
externo de información al que se refiere el
Título III de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas
que
informen
sobre
infracciones
normativas y de lucha contra la corrupción.
La Oficina ha recibido en 2024 un total de
972 denuncias sobre posibles infracciones
normativas, de las que 428 se han
presentado de forma anónima.
Desde el Punto de vista cuantitativo, el
canal de la OAAF ha experimentado un
importante crecimiento en el número de
comunicaciones recibidas. El salto de 2023
a 2024 es significativo, duplicando el
número de comunicaciones del año
anterior.
Sin embargo, este incremento en las
denuncias no tiene que traducirse
automáticamente en un incremento
proporcional de las irregularidades o
prácticas fraudulentas. El aumento debe
entenderse más como un fenómeno
multifactorial, donde la mayor visibilidad y
reconocimiento público de la Oficina ha
podido generar confianza en la ciudadanía
que está mostrando una mayor sensibilidad

y exigencia de integridad
administraciones públicas.

a

las

De hecho, un porcentaje considerable de las
comunicaciones de infracciones recibidas,
aproximadamente un 50%, no han sido
objeto de investigación.
La Oficina, a través de la inadmisión, el
archivo por falta de información suficiente o
la canalización a otros órganos actúa como
un canal efectivo y abierto para todos,
siguiendo el principio de que no hay una
puerta equivocada para el ciudadano,
asegurando que no solo se investiguen
aquellas irregularidades que son de su
competencia, sino que el resto puedan ser
atendidas por las instituciones adecuadas.
Por lo tanto, el crecimiento en el número de
infracciones comunicadas debe verse, en
gran medida, como un indicador positivo de
la mayor confianza de la ciudadanía y de los
funcionarios públicos en los mecanismos
de control externo, y de su disposición a
denunciar posibles irregularidades. Es decir,
más que un incremento real de la
corrupción estamos ante una mayor
voluntad de combatirla.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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