Autoridades y personal. . (2025/122-30)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, de aprobación y publicación de las bases reguladoras para la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de carácter indefinido de Técnico/a Especialista de Servicios Jurídicos, adscrita a la Secretaría General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), mediante el sistema de provisión de puesto por movilidad entre el personal indefinido procedente de otras entidades del sector público.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Viernes, 27 de junio de 2025
página 9101/3

• Retribución: 51.051,29 euros brutos anuales, incluyendo las retribuciones básicas, así
como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa presupuestaria
vigente.
• Centro de trabajo: Servicios Centrales.
• Las condiciones laborales indicadas, y cualesquiera otras que puedan resultar
aplicables en virtud de lo dispuesto en el Estatuto básico del Empleado Público (EBEP)
o acuerdos adoptados por la Junta de Andalucía que sean aplicables a las entidades del
Sector Público, podrán verse modificadas o adaptadas de acuerdo con las negociaciones
que se realicen en virtud del Convenio Colectivo que se negocie en la Agencia TRADE
con la representación social de la plantilla, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.3
de la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crea la Agencia TRADE.
La plaza se ha identificado con el código ESSJJ-01 Técnico/a Especialista en
Servicios Jurídicos, que servirá para la tramitación del proceso selectivo, debiendo
referirse a dicho código cualquier acción y/o comunicación que se realice durante el
proceso. La denominación del puesto de trabajo se ha ajustado a lo previsto en el Catálogo
de Puestos de la Agencia TRADE, sin que ello haya supuesto ninguna modificación
de las condiciones salariales autorizadas por la Dirección General del Sector Público
Instrumental en el Expediente CF-00214/2023.

3. Comité Calificador.
La Dirección General de la Agencia TRADE designará la composición del Comité
Calificador, que estará integrado por: una Presidencia, una Vocalía y una Secretaría que
tendrá la condición de miembro del órgano colegiado. A cada uno de los miembros de la
Comisión se le designará un suplente.
Corresponde al Comité Calificador la valoración de los méritos de las personas
aspirantes, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que se estimen
pertinentes.
El Comité Calificador queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir
en la aplicación de las presentes bases, para decidir respecto a lo no contemplado en
las mismas, así como para incorporar especialistas en caso de requerir asesoramiento
técnico, quienes actuarán con voz, pero sin voto. También podrán nombrar personal o
empresa que colabore temporalmente en el desarrollo del procedimiento de selección
con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya
el Comité Calificador, ejerciendo sus funciones conforme a las instrucciones que éste le
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322700

2. Marco normativo aplicable.
La presente convocatoria se rige, con carácter general, por el siguiente marco
normativo:
• Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
• Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2025, o bien
aquella Ley del Presupuesto que la sustituya.
• Disposición adicional decimonovena de la Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para 2014.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Instrucción número 1/2025, de 24 de febrero, de la Dirección General de Planificación
y Organización del Sector Público Andaluz, sobre los procedimientos de autorización
administrativa e informes preceptivos en relación con el personal laboral común, no
incluido en el VI Convenio Colectivo del personal laboral de la administración de la Junta
de Andalucía, de las entidades instrumentales del sector público andaluz.