3. Otras disposiciones. . (2025/122-55)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la contratación menor del Ayuntamiento de Coria del Río (Sevilla).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 122 - Viernes, 27 de junio de 2025
página 9096/22

Fraccionamiento material Grupo nº 3
Grupo Nº 3

Tipo Contrato

Objeto

Proveedor

Importe €
(Iva Excl.)

Nº Contratos

Fecha
Adjudicación

Ref. Nº 13

Obras

Obras del parque calle Josefa Navarro

AXAPLAY, S.L.

13.314,00

1

27/12/2022

Relación CM

Suministros

Mobiliario del parque calle Josefa Navarro

AXAPLAY, S.L.

12.583,00

1

28/12/2022

25.897,00

2

Total

Fuente: Relación de contratos

Cuadro nº 14

La propuesta de gasto elaborada con motivo de la tramitación del expediente ref. nº 13, relativo
a las obras del parque Josefa Navarro, describe el objeto del contrato en los siguientes términos:
“la instalación de elementos infantiles, obra y pavimentación adecuada para la zona. Se retiran
los elementos deteriorados, se nivela la zona y se adecúa”.
Por su parte, el suministro del mobiliario, objeto del segundo expediente, consistía en un
conjunto de elementos para juegos infantiles cuyo presupuesto de instalación estaba
contemplado en el contrato ref. nº 13.
La tramitación de ambas licitaciones, en las que participaron las mismas empresas y resultó una
misma adjudicataria, coincide en el tiempo en cada una de sus fases: elaboración de la propuesta
de gasto, presentación de los presupuestos por los participantes, adjudicación, facturación y
pago.
El fraccionamiento indebido del objeto en este grupo de contratos se debe a la contratación
independiente de prestaciones que, estando dirigidas a la satisfacción de una misma necesidad,
mostraban la existencia de un vínculo funcional u operativo entre ellas, por lo que debieron
constituir lotes de un único contrato.
Además, esta actuación debió ser considerada como un contrato mixto14 de obras y suministro
en el que la prestación principal hubiera correspondido a la de este último tipo, y, por tanto, las
reglas a seguir en su adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 LCSP, habrían sido
las del contrato de suministro, lo que hubiera impedido la utilización de la figura del contrato
menor por superar el límite cuantitativo previsto en el artículo 118 de la LCSP.
A6.

En el cuadro nº 15 se muestra información del grupo nº 4, cuyo objeto consistía en la reparación
del pavimiento de determinadas calles del municipio.
Fraccionamiento material Grupo nº 4
Tipo
Contrato

Ref. nº 9

Obras

Reparación de acerados

Inversiones y Promociones CAURA DEL SUR,
S.L.U.

Objeto

Proveedor

Importe €
(Iva Excl.)


Contratos

Fecha
Adjudicación

18.912,50

1

15/12/2022

Relación CM

Obras

Reparación de acerados

NAGOAN Edificaciones, S.L.

29.900,00

1

14/11/2022

Ref. nº 16

Obras

Reparación de acerados

Pavimentos y Construcciones INDELES, S.L.

8.100,00

1

27/12/2022

Relación CM

Obras

Reparación de acerados

Pavimentos y Construcciones INDELES, S.L.

14.945,00

1

27/12/2022

14
Artículo 34.2 LCSP “2. Solo podrán fusionarse prestaciones correspondientes a diferentes contratos en un contrato mixto cuando
esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad que exijan su
consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o a la consecución
de un fin institucional propio de la entidad contratante”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322695

Grupo Nº 4