3. Otras disposiciones. . (2025/125-29)
Acuerdo de 25 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de utilidad pública en Andalucía al Real Club Recreativo de Tenis de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 2 de julio de 2025
página 9295/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Acuerdo de 25 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
de utilidad pública en Andalucía al Real Club Recreativo de Tenis de Huelva.
En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de
actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de
estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades
deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53 de
la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, y en el artículo 18 del Decreto
41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se
establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades
Deportivas.
Con fecha 22 de enero de 2025, el Real Club Recreativo de Tenis de Huelva
presenta una solicitud de declaración de utilidad pública autonómica, siendo incoado el
correspondiente procedimiento mediante acuerdo de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte de 30 de enero de 2025, que igualmente emitió Informe-Propuesta
favorable a la declaración con fecha 3 de junio de 2025.
Analizada la documentación que conforma el expediente, queda acreditado que se
cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente, pudiéndose
concluir que los fines estatutarios del Real Club Recreativo de Tenis de Huelva
promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades
son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo
a los socios sino a cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por
la índole de los propios fines del Club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Real
Club Recreativo de Tenis de Huelva de utilidad pública en Andalucía, con los efectos que
señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión
del día 25 de junio de 2025,
ACUERDO
Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Real Club Recreativo de Tenis
de Huelva, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía.
Segundo. Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de junio de 2025
Presidente de la Junta de Andalucía

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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