5. Anuncios. . (2025/125-54)
Anuncio de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, de resolución por el que se notifica resolución de imposición de multa coercitiva por el incumplimiento de la resolución finalizadora de expediente de restablecimiento de la realidad física alterada en el t.m. de Benahadux (Almería).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 2 de julio de 2025
página 9291/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, de resolución por el que se notifica
resolución de imposición de multa coercitiva por el incumplimiento de la
resolución finalizadora de expediente de restablecimiento de la realidad física
alterada en el t.m. de Benahadux (Almería).
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación, por el presente anuncio
se notifica resolución, por la que se impone al interesado con NIF 45588312-N, una
multa coercitiva por importe de 4.009,75 euros (cuatro mil nueve euros y setenta y cinco
céntimos de euro), por el incumplimiento de la resolución finalizadora del expediente
114/04/18/0012, que ordena la reposición de la realidad física alterada mediante la
demolición de edificación sin licencia urbanística en la subparcela 1, parcela 100 del
polígono 3, del término municipal de Benahadux (Almería), y se requiere de nuevo al
interesado para que proceda sin más demora a la reposición de la realidad física alterada,
debiendo informar a esta Administración de su efectivo cumplimiento, bajo apercibimiento
de que, en caso de mantenerse el incumplimiento, se procederá a la imposición de
nuevas multas coercitivas, con periodicidad mínima de un mes y cuantía cada una de
ellas de 4.009,75 euros, expediente 114/04/25/0073. Para el conocimiento del expediente
podrá comparecer en las dependencias de esta Dirección General, C/ Pablo Picasso,
núm. 6, en Sevilla.
La referida resolución no agota la vía administrativa, por lo que contra ella cabe
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122.1 de la LPAC y
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
en relación con el artículo 20.2 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, advirtiéndose,
asimismo, que la interposición del citado recurso no suspenderá la ejecución de la multa
impuesta.
Sevilla, 18 de junio de 2025.- El Director General, José Andrés Moreno Gaviño.
00322890
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter
previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de
su notificación.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 2 de julio de 2025
página 9291/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, de resolución por el que se notifica
resolución de imposición de multa coercitiva por el incumplimiento de la
resolución finalizadora de expediente de restablecimiento de la realidad física
alterada en el t.m. de Benahadux (Almería).
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación, por el presente anuncio
se notifica resolución, por la que se impone al interesado con NIF 45588312-N, una
multa coercitiva por importe de 4.009,75 euros (cuatro mil nueve euros y setenta y cinco
céntimos de euro), por el incumplimiento de la resolución finalizadora del expediente
114/04/18/0012, que ordena la reposición de la realidad física alterada mediante la
demolición de edificación sin licencia urbanística en la subparcela 1, parcela 100 del
polígono 3, del término municipal de Benahadux (Almería), y se requiere de nuevo al
interesado para que proceda sin más demora a la reposición de la realidad física alterada,
debiendo informar a esta Administración de su efectivo cumplimiento, bajo apercibimiento
de que, en caso de mantenerse el incumplimiento, se procederá a la imposición de
nuevas multas coercitivas, con periodicidad mínima de un mes y cuantía cada una de
ellas de 4.009,75 euros, expediente 114/04/25/0073. Para el conocimiento del expediente
podrá comparecer en las dependencias de esta Dirección General, C/ Pablo Picasso,
núm. 6, en Sevilla.
La referida resolución no agota la vía administrativa, por lo que contra ella cabe
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122.1 de la LPAC y
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
en relación con el artículo 20.2 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, advirtiéndose,
asimismo, que la interposición del citado recurso no suspenderá la ejecución de la multa
impuesta.
Sevilla, 18 de junio de 2025.- El Director General, José Andrés Moreno Gaviño.
00322890
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter
previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de
su notificación.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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