3. Otras disposiciones. . (2025/125-27)
Orden de 26 de junio de 2025, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio prestado por la empresa Serveo Servicios, S.A.U, y que afecta al servicio de limpieza del Hospital Universitario Virgen del Rocio de Sevilla, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 2 de julio de 2025
página 9282/2
DISPONGO
Artículo 1. La situación de huelga, que se llevará a efecto desde el día 27 de junio
de 2025 con carácter indefinido parcial con el siguiente horario , de lunes a viernes: turno
de mañana de 12:00 a 14:00, turno de tarde: de 19:00 a 21:00, turno de noche de 21:30
a 23:30, sábado y domingo: turno de mañana de 08:30 a 10:30, turno de tarde de 16:00
a 18:00, turno de noche de 21:30 a 23:30 vista la propuesta de la Delegación Territorial de
Salud y Consumo de Sevilla, se entenderá condicionada al mantenimiento de los mínimos
necesarios para el funcionamiento de este servicio, según se recoge en Anexo I.
Articulo 2. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados, serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto ley 17/1977, de 4 de marzo.
Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Articulo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de junio de 2025
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo
ANEXO I
Zona A: Zonas de muy alto/alto riesgo Bloques quirúrgicos (incluido antequirófanos,
salas de preanestesia y de lavado quirúrgico y quirófano experimental), habitaciones
de aislamiento para pacientes inmunodeprimidos (trasplante de médula ósea,
oncohematología, unidad de trasplantes), habitaciones de pacientes infecciosos,
Unidad de Quemados, Paritorios, UCI, Unidad Intermedia de Cardiología, Unidad de
Reanimación, Unidad de Neonatología, Hemodiálisis, Banco de sangre, Hemodinámica,
Unidades de Trasplantes, Central de Esterilización, Unidad de preparación de productos
dietéticos y Biberonería, Unidad de preparación de medicación y Unidad de preparación
de citostáticos, Unidad de Endoscopia: 100%.
Zona B: Pruebas diagnósticas, consultas externas, pruebas funcionales y resto de
áreas asistenciales, espacios comunes (Vestíbulos, pasillos, escaleras y salas de espera,
cabinas de ascensores, aseos públicos): 50%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322881
Zona B: Zonas de riesgo Área de Urgencias, zonas de hospitalización de pacientes no
incluidas en las Zonas A (habitaciones de enfermos no infecciosos, zonas de preparación
de medicación, controles de enfermería, baños de enfermos, etc.): 100% • Zona D: Unidad
de Alimentación, gestión de residuos: 100%
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 2 de julio de 2025
página 9282/2
DISPONGO
Artículo 1. La situación de huelga, que se llevará a efecto desde el día 27 de junio
de 2025 con carácter indefinido parcial con el siguiente horario , de lunes a viernes: turno
de mañana de 12:00 a 14:00, turno de tarde: de 19:00 a 21:00, turno de noche de 21:30
a 23:30, sábado y domingo: turno de mañana de 08:30 a 10:30, turno de tarde de 16:00
a 18:00, turno de noche de 21:30 a 23:30 vista la propuesta de la Delegación Territorial de
Salud y Consumo de Sevilla, se entenderá condicionada al mantenimiento de los mínimos
necesarios para el funcionamiento de este servicio, según se recoge en Anexo I.
Articulo 2. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados, serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto ley 17/1977, de 4 de marzo.
Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Articulo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de junio de 2025
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo
ANEXO I
Zona A: Zonas de muy alto/alto riesgo Bloques quirúrgicos (incluido antequirófanos,
salas de preanestesia y de lavado quirúrgico y quirófano experimental), habitaciones
de aislamiento para pacientes inmunodeprimidos (trasplante de médula ósea,
oncohematología, unidad de trasplantes), habitaciones de pacientes infecciosos,
Unidad de Quemados, Paritorios, UCI, Unidad Intermedia de Cardiología, Unidad de
Reanimación, Unidad de Neonatología, Hemodiálisis, Banco de sangre, Hemodinámica,
Unidades de Trasplantes, Central de Esterilización, Unidad de preparación de productos
dietéticos y Biberonería, Unidad de preparación de medicación y Unidad de preparación
de citostáticos, Unidad de Endoscopia: 100%.
Zona B: Pruebas diagnósticas, consultas externas, pruebas funcionales y resto de
áreas asistenciales, espacios comunes (Vestíbulos, pasillos, escaleras y salas de espera,
cabinas de ascensores, aseos públicos): 50%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322881
Zona B: Zonas de riesgo Área de Urgencias, zonas de hospitalización de pacientes no
incluidas en las Zonas A (habitaciones de enfermos no infecciosos, zonas de preparación
de medicación, controles de enfermería, baños de enfermos, etc.): 100% • Zona D: Unidad
de Alimentación, gestión de residuos: 100%