3. Otras disposiciones. . (2025/126-29)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Planificación de la Investigación, por la que se acuerda la distribución definitiva del crédito prevista en la Resolución de 12 de febrero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Línea 1 de la Orden de 24 de octubre de 2023, del Consejero de Universidad Investigación e Innovación, destinada a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9401/2

ordenada de personas destinatarias de reserva por área funcional de competitividad que
no resultaron seleccionadas por rebasarse el número de ayudas convocadas en esta
convocatoria, siguiendo el orden decreciente de la puntuación otorgada a cada una de
ellas en función de los criterios de valoración. De acuerdo al apartado cuarto del resuelve
primero de la citada resolución, se estableció un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión, para que las
personas o entidades beneficiarias manifestaran su renuncia a la subvención concedida.
Tras las renuncias presentadas, y una vez finalizados los procedimientos de
suplencias en los casos previstos en el artículo 21 de las bases reguladoras, se constata
la existencia de un crédito remanente y disponible sobre el comprometido inicialmente
en la convocatoria. De esta forma, y de acuerdo a lo previsto en el apartado séptimo de
la resolución de convocatoria, la Comisión de Selección, mediante informe de fecha 16
de junio de 2025, procede a elevar al órgano instructor propuesta complementaria de
candidatos seleccionados y reservas por área científico técnica y entidad ordenadas por
orden decreciente de puntuación.
En vista de lo anterior, resulta necesario realizar una distribución del crédito
inicialmente estimado que posibilite la ejecución óptima de la resolución complementaria,
conforme a la naturaleza de las entidades beneficiarias, sin que ello suponga un
incremento del presupuesto de la convocatoria.
Conforme al resuelve séptimo de la Resolución de 12 de febrero de 2024 por la que
se convocan las ayudas, y de acuerdo al artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018,
por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria de gasto público derivado
de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus
agencias administrativas y de régimen especial, y teniendo en cuenta en la programación
y ejecución presupuestaria, los criterios de eficiencia y economía incluidos en el Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en uso
de las competencias atribuidas por la Orden de 24 de octubre de 2023, esta Dirección
General de Planificación de la Investigación
RESU ELV E
Primero. Redistribuir el crédito consignado en el resuelve séptimo de la Resolución
de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación de la Investigación,
por la que aprueba la convocatoria de ayudas correspondiente al año 2024, destinada
a financiar la contratación predoctoral de personal investigador en formación por los
agentes del Sistema Andaluz de Conocimiento, conforme a lo siguiente:
Partida Presupuestaria
1500160000 G/54A/40200/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/444100/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/44200/00 D443EEF0N2
1500160000 G/54A/48000/00 D443EEF0N2
Total

2025
1.141.545,03
4.020.869,39
54.646,43
0,00
5.217.060,85

2029
1.141.545,03
4.020.869,39
54.646,43
0,00
5.217.060,85

TOTAL
2.283.090,06
8.041.738,78
109.292,86
0,00
10.434.121,70

Sevilla, 23 de junio de 2025.- La Directora General, Loreto del Valle Cebada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323000

Segundo. De acuerdo a lo previsto en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de
2018, esta publicación no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes
ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.