Autoridades y personal. . (2025/126-19)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral fijo, mediante turno libre, en la categoría de Técnico Auxiliar de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
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d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 15 €, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS TA STOEM25 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante
el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Quienes concurran por el cupo de discapacidad deberán presentar certificado en
vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente, igual o superior al
33%.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a
la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100% de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase
de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que
estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano
competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322897
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 15 €, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS TA STOEM25 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante
el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Quienes concurran por el cupo de discapacidad deberán presentar certificado en
vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente, igual o superior al
33%.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a
la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100% de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase
de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que
estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano
competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz:
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322897
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía