Autoridades y personal. . (2025/126-20)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Asociado/a, en ejecución del proceso de estabilización de Profesorado Asociado previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9370/7

4. Admisión de aspirantes.
4.1. El Vicerrectorado competente en materia de profesorado procederá a publicar la
lista provisional de personas concursantes admitidas y excluidas, mediante inserción en el
tablón electrónico oficial con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Igualmente se
procederá a su publicación de forma complementaria y con carácter meramente informativo
en la página web del área de Ordenación Académica. Para el caso de que todas las personas
candidatas estén incluidas, las listas provisionales podrán elevarse a definitivas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las/os
aspirantes excluidas/os dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión de la relación de admitidas/os y excluidas/os, mediante reclamación dirigida
a la persona titular del Vicerrectorado competente en materia de profesorado. Las/os
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión
o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán
definitivamente excluidas/os del proceso selectivo.
4.2. Transcurrido el plazo de subsanación y una vez resueltas las reclamaciones, se
publicarán en los lugares antes mencionados, por el mismo procedimiento, la lista definitiva
de aspirantes admitidos/as y excluidas/os. La resolución que eleve a definitiva la lista de
aspirantes admitidas/os y excluidas/os no pondrá fin a la vía administrativa. Las/os aspirantes
podrán interponer de alzada ante el/la Sr./a. Rector/a Magfco./a., a tenor de lo dispuesto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de
su publicación.
4.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran
exigido cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto
pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de participación en los
supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado/a.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322969

3.2.3. Los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial que podrá
realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los
documentos en España.
c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
3.2.4. Causas de exclusión:
Será causa de exclusión automática, sin posibilidad de subsanación, la falta de
entrega de los siguientes justificantes acreditativos:
1. Solicitud registrada (Anexo II) dentro del período de presentación.
2. Documento justificativo fechado del pago de las tasas dentro del periodo de
presentación de
candidaturas.
3. La documentación requerida por la convocatoria en el formato indicado en la misma.
4. Documento acreditativo del ejercicio de su actividad principal fuera del ámbito
académico universitario.
La documentación de los apartados relativos al 3.2.1 a), b), c) y d) y del apartado
3.2.2 (documentación específica) deberá ser aportada necesariamente en formato papel,
en caso contrario el aspirante será excluido del concurso. Será igualmente causa de
exclusión, sin posibilidad de subsanación, la no aportación de la solicitud (Anexo II) en
formato normalizado y la falta de pago de los derechos de participación durante el plazo
de presentación de solicitud (Anexo II).