Autoridades y personal. . (2025/126-21)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor al Profesorado Asociado/a, en ejecución del proceso de estabilización de Profesorado Asociado previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/6
La solicitud de participación será presentada en el Registro General de la Universidad
de Huelva o, en su caso, por los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La falta de dicha presentación en registro en plazo no es subsanable y determinará la
exclusión definitiva de la persona aspirante.
d) Copia del título de Graduado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y/o de Diplomado,
Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico (anverso y reverso), o en su caso, certificación
del pago de los derechos de expedición del título solicitados en el último año, en virtud
del artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de
títulos universitarios oficiales. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, se deberá acompañar de la documentación que acredite su homologación
por el Ministerio competente en materia de educación. En caso de acceder al concurso
mediante una titulación de segundo ciclo, deberá aportar los títulos correspondientes a
ambos ciclos, baremándose únicamente el título superior.
e) Copia del título de Doctor/a (anverso y reverso), o, en su caso, certificación del
pago de los derechos de expedición del título solicitados en el último año, en virtud del
artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar
homologado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional u organismo que
tuviera reconocida dicha competencia. En caso de candidatas/os con títulos de la Unión
Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de
reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor/a de Universidad.
f) Certificación académica personal.
g) Copia de los documentos para la debida justificación de los méritos alegados en
la solicitud en formato normalizado (Anexo II). Estos méritos deberán ser presentados en
tiempo y forma, según la designación indicada en la solicitud.
Todos los méritos alegados por las/os aspirantes para concursar deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No serán
valorados aquellos que no cumplan este requisito. Además, sólo serán baremados los
méritos que hayan sido declarados conforme al Anexo II y siguiendo las indicaciones del
Anexo III. Así mismo, si la/el candidata/o declarara méritos en un apartado no adecuado
no serán baremado. Esta documentación se presentará en formato pendrive.
3.2.2. De carácter específico.
3.2.2.1. Para poder concursar se deberá acreditar una experiencia laboral de, al
menos, 3 años de antigüedad continuados en los cinco años anteriores a la convocatoria,
en aquellas materias en las que esta experiencia resulte relevante, sea por cuenta ajena
o propia, se deberán presentar originales o fotocopias de los siguientes documentos:
Trabajador/a por cuenta ajena:
a) Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social.
b) Contrato o contratos de trabajo, que cubran el período de 3 años requerido,
reflejados en la vida laboral, adjuntando certificado de la empresa, actualizado, con
indicación del puesto de trabajo desempeñado, antigüedad y funciones.
c) En el caso de ser empleado público, hoja de servicios y certificado actualizado del
organismo, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad que se realiza.
Trabajador/a por cuenta propia:
a) Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social, o, si existe Colegio Profesional y tiene esa alternativa, certificado
actualizado a la fecha de presentación de la solicitud, de la Mutualidad de Previsión
Social correspondiente con indicación de la antigüedad.
b) En el caso de poder acogerse a la disposición decimoquinta de la Ley 30/1995, de
8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, modificada por la
Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322990
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 9392/6
La solicitud de participación será presentada en el Registro General de la Universidad
de Huelva o, en su caso, por los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La falta de dicha presentación en registro en plazo no es subsanable y determinará la
exclusión definitiva de la persona aspirante.
d) Copia del título de Graduado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y/o de Diplomado,
Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico (anverso y reverso), o en su caso, certificación
del pago de los derechos de expedición del título solicitados en el último año, en virtud
del artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de
títulos universitarios oficiales. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, se deberá acompañar de la documentación que acredite su homologación
por el Ministerio competente en materia de educación. En caso de acceder al concurso
mediante una titulación de segundo ciclo, deberá aportar los títulos correspondientes a
ambos ciclos, baremándose únicamente el título superior.
e) Copia del título de Doctor/a (anverso y reverso), o, en su caso, certificación del
pago de los derechos de expedición del título solicitados en el último año, en virtud del
artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar
homologado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional u organismo que
tuviera reconocida dicha competencia. En caso de candidatas/os con títulos de la Unión
Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de
reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor/a de Universidad.
f) Certificación académica personal.
g) Copia de los documentos para la debida justificación de los méritos alegados en
la solicitud en formato normalizado (Anexo II). Estos méritos deberán ser presentados en
tiempo y forma, según la designación indicada en la solicitud.
Todos los méritos alegados por las/os aspirantes para concursar deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No serán
valorados aquellos que no cumplan este requisito. Además, sólo serán baremados los
méritos que hayan sido declarados conforme al Anexo II y siguiendo las indicaciones del
Anexo III. Así mismo, si la/el candidata/o declarara méritos en un apartado no adecuado
no serán baremado. Esta documentación se presentará en formato pendrive.
3.2.2. De carácter específico.
3.2.2.1. Para poder concursar se deberá acreditar una experiencia laboral de, al
menos, 3 años de antigüedad continuados en los cinco años anteriores a la convocatoria,
en aquellas materias en las que esta experiencia resulte relevante, sea por cuenta ajena
o propia, se deberán presentar originales o fotocopias de los siguientes documentos:
Trabajador/a por cuenta ajena:
a) Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social.
b) Contrato o contratos de trabajo, que cubran el período de 3 años requerido,
reflejados en la vida laboral, adjuntando certificado de la empresa, actualizado, con
indicación del puesto de trabajo desempeñado, antigüedad y funciones.
c) En el caso de ser empleado público, hoja de servicios y certificado actualizado del
organismo, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad que se realiza.
Trabajador/a por cuenta propia:
a) Informe de vida laboral, actualizado, expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social, o, si existe Colegio Profesional y tiene esa alternativa, certificado
actualizado a la fecha de presentación de la solicitud, de la Mutualidad de Previsión
Social correspondiente con indicación de la antigüedad.
b) En el caso de poder acogerse a la disposición decimoquinta de la Ley 30/1995, de
8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, modificada por la
Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322990
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía