3. Otras disposiciones. . (2025/127-21)
Orden de 1 de julio de 2025, por la que se establece la regulación del procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
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ANEXO

4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la persona o entidad solicitante:
Cumple con las obligaciones exigidas por la normativa de aplicación.
Consiento el tratamiento de mis datos personales para uno o varios fines específicos relacionados con el Reconocimiento
como Centro Comercial Abierto de Andalucía.

5. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
Estatutos de la entidad, escrituras de constitución o documentación constitutiva, debidamente inscrita en el registro
correspondiente.
Acreditación del poder de representación con el que actúa la persona representante.
Justificación documental acreditativa de que la presentación de la solicitud ha sido aprobada por el órgano competente de la
entidad.
Plano con la delimitación del Centro Comercial Abierto de Andalucía.
Documento acreditativo de conformidad del Ayuntamiento a la delimitación del Centro Comercial Abierto de Andalucía.
Relación de empresas asociadas a la entidad promotora, especificando para cada una de ellas el sector de actividad.
Instrumento de planificación del Centro Comercial Abierto de Andalucía que puede ser un plan estratégico del Centro
Comercial Abierto de Andalucía, plan de acción o similar junto con la documentación acreditativa del grado de consenso del
Instrumento de planificación con el resto de agentes públicos y privados.
Documentación acreditativa de la relación permanente con el Ayuntamiento, según lo dispuesto en el artículo 3.2.g).

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Manual de identidad corporativa.
Documentación acreditativa de la viabilidad económico financiera.
Documentación acreditativa de la gestión profesionalizada de la entidad promotora.
Acreditación de los elementos de valoración incluidos en la solicitud.
Disponer de una Oficina técnica de gestión del Centro Comercial Abierto de Andalucía que se constituye en un espacio
físico con recursos técnicos y humanos para atender a las empresas asociadas, con un horario de atención
establecido, a la fecha de la solicitud.
Prestar servicios generales a las empresas asociadas. Para la valoración de este elemento se tendrán en cuenta los
servicios de asesoramiento general, el servicio de formación y la información periódica sobre temas de interés
llevados a cabo en el año anterior a la solicitud.
Existencia de negociaciones y acuerdos. En este aspecto se valorarán los acuerdos suscritos con entidades financieras,
los acuerdos con proveedores diversos que aporten ventajas o descuentos para las empresas asociadas existentes a la
fecha de la solicitud.
Participación de los miembros de la asociación en los órganos, comités, foros u otros agentes privados del sector
comercial, tales como asociaciones o federaciones de comerciantes, cámaras de comercio, mercados municipales o
mercados ambulantes, donde se traten cuestiones relativas al desarrollo del comercio y del centro urbano, con el fin
de establecer vías de colaboración conjunta, a la fecha de la solicitud.
Relación con el sector servicios, conducente a mejorar la convivencia en el espacio público, entre los que se
encontrarían el sector de la hostelería, el ocio y el turismo, las entidades financieras, los despachos profesionales, los
servicios de cuidado e imagen y otros similares. La acreditación se realizará mediante declaración responsable de la
persona representante de la asociación en la que se relacionen las actuaciones en las que ha participado en el último
año.
Interrelación con las asociaciones cívicas, tales como asociaciones vecinales, de consumidores y usuarios,
asociaciones de voluntariado y otras, a través de la participación y colaboración con estas. La acreditación se realizará
mediante declaración responsable de la persona representante de la asociación en la que se relacionen las
actuaciones en las que ha participado en el último año.
Relaciones de la asociación promotora con otros agentes que presten servicios públicos, tales como el servicio de taxi
o vehículos de turismo con conductor (VTC), el transporte público, las empresas prestadoras de servicios de
aparcamiento o los centros educativos. La acreditación se realizará mediante declaración responsable de la persona
representante de la asociación en la que se relacionen las actuaciones en las que ha participado en el último año.

Contar con perfiles en redes sociales como herramienta de soporte a las actuaciones de comunicación a la fecha de la
solicitud.

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Disponer de un portal web que ofrezca información actualizada tanto al público en general como a las personas
asociadas sobre la actividad de la asociación, sus servicios y ventajas, así como los eventos programados y la difusión
de sus actividades a la fecha de la solicitud.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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