3. Otras disposiciones. . (2025/127-19)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica y a efectos de la solicitud de Autorización Ambiental Unificada. (PP. 1365/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9199/2
• Excmo. Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe.
• Excmo. Ayuntamiento de Benacazón.
• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Aljarafesa.
• Medina Garvey, S.A.
• Diputación Provincial de Sevilla.
• DDTT de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla. Departamento
de vías pecuarias.
• D.G. de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.
• D.G Patrimonio Histórico.
• SEO Birdlife.
• Ecologistas en Acción.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia. A los efectos ambientales, las determinaciones y condiciones establecidas en
el informe vinculante descrito en el apartado tercero de estos antecedentes de hecho se
incorporarán a la presente autorización.
Tercero. Con fecha de 2 de junio de 2025, la Delegación Territorial de de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en aplicación de los dispuesto en el artículo
30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de autorización
ambiental unificada (Expte. AAU/SE/009/2024/N), en el cual se determina a los solos
efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en
las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos
naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página
web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.
Cuarto. Con fecha 24 de febrero de 2025, la Delegación competente en materia de
Ordenación del Territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y en los
artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de dicha Ley 7/2021, emite informe favorable sobre la incidencia
territorial de la actuación proyectada.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322798
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9199/2
• Excmo. Ayuntamiento de Huévar del Aljarafe.
• Excmo. Ayuntamiento de Benacazón.
• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Aljarafesa.
• Medina Garvey, S.A.
• Diputación Provincial de Sevilla.
• DDTT de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla. Departamento
de vías pecuarias.
• D.G. de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.
• D.G Patrimonio Histórico.
• SEO Birdlife.
• Ecologistas en Acción.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia. A los efectos ambientales, las determinaciones y condiciones establecidas en
el informe vinculante descrito en el apartado tercero de estos antecedentes de hecho se
incorporarán a la presente autorización.
Tercero. Con fecha de 2 de junio de 2025, la Delegación Territorial de de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en aplicación de los dispuesto en el artículo
30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de autorización
ambiental unificada (Expte. AAU/SE/009/2024/N), en el cual se determina a los solos
efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en
las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos
naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página
web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.
Cuarto. Con fecha 24 de febrero de 2025, la Delegación competente en materia de
Ordenación del Territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y en los
artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de dicha Ley 7/2021, emite informe favorable sobre la incidencia
territorial de la actuación proyectada.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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