3. Otras disposiciones. . (2025/153-8)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral, por la que se hace público el formulario Anexo I de solicitud de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Lunes, 11 de agosto de 2025

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ANEXO I

4. DECLARACIONES (Continuación)
Solicitadas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Minimis
(Sí/No)

Concedidas
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Minimis
(Sí/No)

Se compromete, en caso de resultar beneficiaria, a cumplir las obligaciones exigidas y a mantener los requisitos exigidos
durante el período previsto en la subvención solicitada.
Cumple los requisitos exigidos en el art. 116 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
NO está incursa en las prohibiciones establecidas en el artículo 16.5 del TRLGHP y 13.2, 3 3 bis de la Ley General de Subvenciones y
con carácter específico las siguientes:
No ha sido condenada por sentencia judicial firme o sancionada por resolución administrativa firme en los últimos
cinco años por prácticas de discriminación laboral o de género, acoso sexual en el trabajo, incumplimiento de las
obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades, o por falta muy grave en materia de prevención de riesgos
laborales.
No ha sido condenada por sentencia judicial firme o sancionada por resolución administrativa firme en los últimos
cinco años por prácticas de discriminación laboral o de género, acoso sexual en el trabajo, incumplimiento de las
obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades, o por falta muy grave en materia de prevención de riesgos
laborales.
No está excluida por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con los
artículos 46 y 46 bis del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
No ha sido sancionada o condenada por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por atentar o
tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo
establecido en el artículo 13.2 de la Ley 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad
de género de Andalucía.
Se compromete a iniciar la ejecución del Programa en el plazo máximo de 30 días hábiles a contar desde la fecha de inicio
recogida en la resolución de concesión.
En caso de resultar beneficiaria, se compromete a:
Cumplir con las obligaciones que en materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa
interna y de la Unión Europea, establecidos en el apartado 22 a) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Cumplir con las obligaciones y requisitos establecidos en el apartado 22 b) del Cuadro Resumen de las bases
reguladoras.
Es titular de la cuenta bancaria consignada en la solicitud para el ingreso, en su caso, de la ayuda concedida.
Recabará autorización expresa de las personas participantes para la consulta de su Vida Laboral.
Cumplimentará y aportará la documentación técnica relativa al programa en el Servicio Telemático de Orientación (STO) de
conformidad con el apartado 25 d) y e).
Manifiesta el compromiso de la entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimento
de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción
y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimentos observados.
La persona que solicita la ayuda ostenta el cargo necesario y suficiente.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Fecha/Año