Disposiciones generales. . (2025/153-1)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para los años 2025 y 2026, la concesión de subvenciones de la línea 2 regulada en la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 153 - Lunes, 11 de agosto de 2025
página 11131/11
(Página
de
)
6. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud,
y SOLICITA la concesión de la subvención prevista en el artículo 7.2. de las bases reguladoras.
En
, a la fecha de la firma electrónica.
LA PERSONA SOLICITANTE / REPRESENTANTE
Fdo.:
ILMO./A. SR./A. DELEGADO/A TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, cuya
dirección es Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja, 41092-Sevilla y correo electrónico dgtaes.ceeta@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ceeta@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento, subvenciones para el apoyo al trabajo
autónomo, con la finalidad de apoyar y fomentar el trabajo autónomo; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1.c)
del RGPD, consecuencia de lo establecido en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, la Ley 15/2011, de
23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo, y la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la
igualdad de género en Andalucía.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) La Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social no tiene prevista la cesión de datos a terceros salvo
comunicaciones por obligación legal. La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección
electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165698.html
La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Agencia Tributaria de Andalucía que las
bases reguladoras requieran aportar, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Asimismo, en aplicación del artículo 11.5. de la Orden de 29 de junio de 2023, y conforme a la disposición adicional octava de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el órgano gestor podrá consultar los datos que se indican en los apartados a) y b) del artículo
13.1 y el artículo 21.1 de la Orden de 29 de junio de 2023. Igualmente, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en relación con el artículo 77 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y con
el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la presentación de la solicitud conllevará la autorización
al órgano gestor para consultar los datos laborales, de la Seguridad Social y tributarios que se indican en los apartados c), d) y e) del
artículo 13.1. de la citada Orden de 29 de junio de 2023, así como la autorización a la Administración de la Junta de Andalucía a
verificar ante la entidad de crédito la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud para la realización del pago,
realizándose el alta de la misma en el Fichero Central de Personas Acreedoras automáticamente con la presentación de la solicitud,
conforme al artículo 11.5 de la Orden de 29 de junio de 2023.
00324729
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 153 - Lunes, 11 de agosto de 2025
página 11131/11
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6. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud,
y SOLICITA la concesión de la subvención prevista en el artículo 7.2. de las bases reguladoras.
En
, a la fecha de la firma electrónica.
LA PERSONA SOLICITANTE / REPRESENTANTE
Fdo.:
ILMO./A. SR./A. DELEGADO/A TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, cuya
dirección es Calle Albert Einstein, 4, Isla de la Cartuja, 41092-Sevilla y correo electrónico dgtaes.ceeta@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ceeta@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento, subvenciones para el apoyo al trabajo
autónomo, con la finalidad de apoyar y fomentar el trabajo autónomo; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1.c)
del RGPD, consecuencia de lo establecido en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, la Ley 15/2011, de
23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo, y la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la
igualdad de género en Andalucía.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) La Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social no tiene prevista la cesión de datos a terceros salvo
comunicaciones por obligación legal. La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección
electrónica: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165698.html
La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Agencia Tributaria de Andalucía que las
bases reguladoras requieran aportar, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Asimismo, en aplicación del artículo 11.5. de la Orden de 29 de junio de 2023, y conforme a la disposición adicional octava de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el órgano gestor podrá consultar los datos que se indican en los apartados a) y b) del artículo
13.1 y el artículo 21.1 de la Orden de 29 de junio de 2023. Igualmente, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en relación con el artículo 77 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y con
el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la presentación de la solicitud conllevará la autorización
al órgano gestor para consultar los datos laborales, de la Seguridad Social y tributarios que se indican en los apartados c), d) y e) del
artículo 13.1. de la citada Orden de 29 de junio de 2023, así como la autorización a la Administración de la Junta de Andalucía a
verificar ante la entidad de crédito la titularidad de la cuenta bancaria indicada en la solicitud para la realización del pago,
realizándose el alta de la misma en el Fichero Central de Personas Acreedoras automáticamente con la presentación de la solicitud,
conforme al artículo 11.5 de la Orden de 29 de junio de 2023.
00324729
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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