Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01702/2025)
Decreto por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Bienvenida
Necesidades básicas:
Anuncio 1702/2025
Importe:
euros.
Asistencia sanitaria/sociosanitaria no cubiertos por el sistema público:
Gasto farmacéutico
Importe:
Vacunas indispensables
Desplazamientos
euros.
Importe:
Importe:
euros.
euros.
Alojamiento durante tratamiento Importe:
Prótesis auditivas
Gafas
Importe:
Importe:
euros.
euros.
Material ortoprotésico Importe:
Tratamiento dental
euros.
Importe:
Endeudamiento previo de Importe:
euros.
euros.
euros.
Carencia crítica excepcional ____________________________________________________________________. Importe:
euros.
4. Documentación que se acompaña a la solicitud (marcar con una X):
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como del
certificado de registro como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de la autorización de trabajo o
autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento
de identidad válido en vigor y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo acredite si tuvieran ya
reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite, deberán aportar el comprobante de su solicitud
sellado, así como, en ambos casos, copia de su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización en vigor.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del centro en que resida o esté siendo
atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad de inscripción en el Padrón
municipal de la persona solicitante. No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a
la fecha de presentación de la solicitud.
Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes de su país de procedencia
acreditativos del parentesco, traducidos al castellano.
En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportarse copia de la
resolución judicial, la escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de las medias provisionales acordadas
y del convenio regulador.
En el caso de una relación no matrimonial previa en la que hubiera habido descendencia, deberá aportarse copia de la
resolución judicial o escritura pública reguladora de las relaciones paternofiliales relativas a los hijos/as menores de edad.
No será necesaria su aportación cuando por motivos excepcionales se carezca de esta documentación y así se motive en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Asistencia sanitaria/sociosanitaria no cubiertos por el sistema público:
Gasto farmacéutico
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Vacunas indispensables
Desplazamientos
euros.
Importe:
Importe:
euros.
euros.
Alojamiento durante tratamiento Importe:
Prótesis auditivas
Gafas
Importe:
Importe:
euros.
euros.
Material ortoprotésico Importe:
Tratamiento dental
euros.
Importe:
Endeudamiento previo de Importe:
euros.
euros.
euros.
Carencia crítica excepcional ____________________________________________________________________. Importe:
euros.
4. Documentación que se acompaña a la solicitud (marcar con una X):
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como del
certificado de registro como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de la autorización de trabajo o
autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento
de identidad válido en vigor y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo acredite si tuvieran ya
reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite, deberán aportar el comprobante de su solicitud
sellado, así como, en ambos casos, copia de su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización en vigor.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del centro en que resida o esté siendo
atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad de inscripción en el Padrón
municipal de la persona solicitante. No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a
la fecha de presentación de la solicitud.
Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes de su país de procedencia
acreditativos del parentesco, traducidos al castellano.
En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportarse copia de la
resolución judicial, la escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de las medias provisionales acordadas
y del convenio regulador.
En el caso de una relación no matrimonial previa en la que hubiera habido descendencia, deberá aportarse copia de la
resolución judicial o escritura pública reguladora de las relaciones paternofiliales relativas a los hijos/as menores de edad.
No será necesaria su aportación cuando por motivos excepcionales se carezca de esta documentación y así se motive en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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