Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01798/2025)
Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Lector-Cobrador, por sistema de concurso-oposición, turno de promocion interna
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 1798/2025
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico o declaración responsable, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o
dificulte el ejercicio de las correspondientes funciones,
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, se producirá la invalidez de sus actuaciones y
a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano de selección con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta a favor del aspirante
siguiente por orden de puntuación obtenida.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Entidad convocante, a propuesta del Tribunal, procederá a la
contratación como personal laboral fijo, según se describe en la base novena.
Décimo primera.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presente, interpretar las bases de esta convocatoria y
adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Décimo segunda.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas.
Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Décimo tercera.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, el inicio del procedimiento lo
determinará la fecha de publicación, el resto de trámites derivados el desarrollo de la presente convocatoria, en el tablón de
anuncios físico y sede electrónica municipales. A efectos del cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en los citados medios.
Décimo cuarta.- Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases, indicar que se
ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Décimo quinta.- Datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar el nombramiento y las listas de espera, que en su caso,
genere la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas). El Ayuntamiento de Montijo, como responsable del
fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda
informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá
ejercitar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica
citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el
aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del
desarrollo del proceso selectivo.
_________________
ANEXO I.- TEMARIO
COMÚN.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): Título I De los derechos y deberes fundamentales: Capítulo I y Capítulo II.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico o declaración responsable, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o
dificulte el ejercicio de las correspondientes funciones,
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, se producirá la invalidez de sus actuaciones y
a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano de selección con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta a favor del aspirante
siguiente por orden de puntuación obtenida.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Entidad convocante, a propuesta del Tribunal, procederá a la
contratación como personal laboral fijo, según se describe en la base novena.
Décimo primera.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presente, interpretar las bases de esta convocatoria y
adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Décimo segunda.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas.
Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Décimo tercera.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, el inicio del procedimiento lo
determinará la fecha de publicación, el resto de trámites derivados el desarrollo de la presente convocatoria, en el tablón de
anuncios físico y sede electrónica municipales. A efectos del cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en los citados medios.
Décimo cuarta.- Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases, indicar que se
ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Décimo quinta.- Datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar el nombramiento y las listas de espera, que en su caso,
genere la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas). El Ayuntamiento de Montijo, como responsable del
fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda
informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá
ejercitar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica
citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el
aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del
desarrollo del proceso selectivo.
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ANEXO I.- TEMARIO
COMÚN.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): Título I De los derechos y deberes fundamentales: Capítulo I y Capítulo II.
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