Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01830/2025)
Bases para el acceso a una plaza de Auxiliar Administrativo, por sistema de promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Zarza
Anuncio 1830/2025
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A los solos efectos de la revisión de sus actos o la interposición de los recursos administrativos que procedan frente a los
mismos, se considerarán dependientes de la Alcaldía-Presidencia como órgano que los nombra.
Sexta.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición por promoción interna las fases que se cita a continuación:
Fase de concurso de méritos, que consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y debidamente
acreditados por los aspirantes conforme a lo dispuesto por estas bases.
Fase de oposición, que consistirá en la realización de una prueba de aptitud eliminatoria y obligatoria para los
aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10,00 puntos, siendo eliminados
los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando
la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
Séptima.- Desarrollo de fases concurso y oposición.
a) Fase de concurso.
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y
debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. Se
valorarán los méritos atendiendo al siguiente baremo:
1.ª.- Experiencia profesional. Se valorarán los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de La Zarza.
1.1. En puesto similar o superior al convocado, con las atribuciones, funciones y características específicas
propias del mismo a razón de 0,40 puntos por mes/jornada completa.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial excepto cuando la reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la
normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos
motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido por el Negociado de Personal, que se emitirá de oficio.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 6,00 puntos, lo que supone un 60% de la
puntuación total de la fase de concurso.
2.ª.- Formación académica: Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un título distinto al exigido para
participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Doctorado universitario
2 puntos
Licenciatura universitaria/título de grado
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
0,5 puntos
Ciclo Medio de Formación Profesional
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la superior. Será imprescindible la
presentación del título o en su defecto el justificante de haber abonado los derechos correspondientes para su obtención.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A los solos efectos de la revisión de sus actos o la interposición de los recursos administrativos que procedan frente a los
mismos, se considerarán dependientes de la Alcaldía-Presidencia como órgano que los nombra.
Sexta.- Procedimiento de selección.
Se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición por promoción interna las fases que se cita a continuación:
Fase de concurso de méritos, que consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y debidamente
acreditados por los aspirantes conforme a lo dispuesto por estas bases.
Fase de oposición, que consistirá en la realización de una prueba de aptitud eliminatoria y obligatoria para los
aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10,00 puntos, siendo eliminados
los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando
la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
Séptima.- Desarrollo de fases concurso y oposición.
a) Fase de concurso.
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la calificación, por el Tribunal, de los méritos alegados y
debidamente acreditados por los aspirantes, referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. Se
valorarán los méritos atendiendo al siguiente baremo:
1.ª.- Experiencia profesional. Se valorarán los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de La Zarza.
1.1. En puesto similar o superior al convocado, con las atribuciones, funciones y características específicas
propias del mismo a razón de 0,40 puntos por mes/jornada completa.
La valoración se reducirá de manera directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial excepto cuando la reducción obedezca a algunos supuestos previstos en la
normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos
motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido por el Negociado de Personal, que se emitirá de oficio.
La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 6,00 puntos, lo que supone un 60% de la
puntuación total de la fase de concurso.
2.ª.- Formación académica: Por poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un título distinto al exigido para
participar en esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Doctorado universitario
2 puntos
Licenciatura universitaria/título de grado
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
0,5 puntos
Ciclo Medio de Formación Profesional
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la superior. Será imprescindible la
presentación del título o en su defecto el justificante de haber abonado los derechos correspondientes para su obtención.
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