Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01872/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas como personal funcionario/a, de Portero/a-Ordenanza, para su cobertura por personas con discapacidad intelectual
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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9.1.f de la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la
Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente
se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en
cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
3.2. Presentación en formato papel.
Para quienes opten por su presentación en papel, el modelo oficial de solicitud para la admisión a pruebas
selectivas, se encontrará disponible en la propia Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de
Badajoz, o descargable en formato PDF en la página web de la Diputación de Badajoz
https://www.dip-badajoz.es/, en el menú: Ciudadanos/Oficina de Att. a la ciudadanía/Documentos de
interés/Formularios/Área de Recursos Humanos. Enlace directo:
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
Las solicitudes en soporte papel podrán presentarse en el Registro Auxiliar de la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación Provincial de Badajoz (c/ Felipe Checa, 23, 06071-Badajoz), o por cualquiera de los
medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. En el supuesto que la solicitud se presente a través de las oficinas de
correos deberá ir en sobre abierto para ser fechada y sellada por el funcionario o funcionaria de correos
antes de ser certificada. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
4. Discapacidad.
La reserva de plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad, implica la necesidad de que la persona aspirante
supere las pruebas selectivas y que acredite el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes a las plazas convocadas. Deberá tener oficialmente reconocida la discapacidad con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias y aportar junto con la misma certificado oficial que
acredite tal condición.
Los aspirantes deberán indicar expresamente la discapacidad en la solicitud, y aportar junto a la misma certificado
acreditativo expedido por la administración competente de tener una discapacidad igual o superior al 33%.
Las personas aspirantes que precisen adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán solicitarlo en la instancia
concretando la adaptación que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. El Tribunal de Selección, a la vista de las
solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y
medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no
deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para
superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las personas aspirantes
para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes
bases. Asimismo, en su caso, la administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en
Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de
las tareas y funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto
laboral» emitido por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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