Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (01884/2025)
Convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos y actividades por las asociaciones juveniles, deportivas, educativas, culturales y entidades religiosas legalmente constituidas de Los Santos de Maimona, en 2025
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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etc.).
Sin perjuicio de lo anterior y con carácter general, tendrán la consideración de gastos excluidos, los siguientes:
a) Material propagandístico o merchandising.
b) Realización de cócteles y actos análogos.
c) Publicidad genérica de la asociación beneficiarios de la ayuda.
d) Alquiler de locales.
e) Adquisición de equipamiento y mobiliario urbano.
f) Guías comerciales.
g) Gastos del personal propio del solicitante, ni los gastos que no estén relacionados directamente con la
realización de la actividad subvencionada.
h) Gastos financiados con fondos consignados en el presupuesto municipal en vigor.
8. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.
Las solicitudes se formularán, ante el Excmo. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, en los modelos que figuran como
anexos de esta convocatoria. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 14 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes podrán presentarse desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz hasta agotar la consignación presupuestaria habilitada o, en su caso, hasta la fecha máxima del 15 de diciembre
de 2025, según corresponda.
Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones
correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante decreto del AlcaldePresidente, el cual será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la
entidad, en la sede electrónica del Ayuntamiento, en la dirección: https://lossantosdemaimona.sedelectronica.es, en el
apartado correspondiente al "portal de transparencia" y en la web municipal, en la dirección:
www.lossantosdemaimona.com, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad de la asociación o entidad y, en su caso, la representación de
quien firme la solicitud (copia de la escritura de constitución o modificación, copia del acta fundacional o
estatutos, y copia del NIF de la persona que ostente la representación de la asociación o entidad).
b) Declaración responsable.
c) Documento que permita la valoración de la solicitud.
d) Memoria de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la subvención. La presentación de la
memoria supone la aceptación incondicionada por la asociación o entidad del contenido de las presentes
bases.
e) Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las
fuentes de financiación. Para la adquisición de material deberá aportarse presupuesto detallado de las casas
suministradoras.
Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en listado anterior, salvo
que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la administración actuante, o hayan sido
elaborados por cualquier otra administración. En caso de cambio en los órganos de gobierno de la asociación o entidad,
deberá aportarse la nueva documentación. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo
que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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