Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (01748/2025)
Extracto de convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos y actividades por las asociaciones juveniles, deportivas, educativas, culturales y entidades religiosas legalmente constituidas de Los Santos de Maimona, año 2025
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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de 2025, según corresponda.
Las solicitudes de los interesados se acompañarán de los documentos e informaciones determinados en la base 8 de la
presente convocatoria.
Sexto. Otros datos.
Las subvenciones se harán efectivas mediante un único pago al beneficiario, una vez se haya resuelto sobre su concesión,
previa comprobación de los requisitos exigidos.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como:
a) Publicidad en medios de comunicación.
b) Cartelería, folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto.
c) Arrendamiento de bienes y equipos (carpas, stands, megafonía, etc).
d) Contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza,
seguros y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
e) Bonos al consumo en la localidad.
f) Otros gastos relacionados con la actividad (por ejemplo: vestuario, trofeos, fichas federativas, transporte,
etc.).
Las obligaciones a las que se encuentran sometidas las asociaciones concesionarias de la presente subvencioin serán las
siguientes:
a) Presentar los anexos I, II y III con, al menos, 15 días de antelación a la realización de la actividad. No
obstante, las asociaciones y entidades religiosas que hubieran realizado actividades antes de la publicación
del extracto de la presente convocatoria, deberán presentar dichos anexos en el plazo de 20 días hábiles
desde su publicación.
b) Comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio que se produzca en cuanto a fechas, horarios o condiciones
de las actividades.
c) Presentar todos los medios de publicidad haciendo constar el texto "actividad acogida al Plan de ayudas a
asociaciones locales. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona" y el escudo del Ayuntamiento como
patrocinador de la actividad.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en
materia de subvenciones.
e) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en estas normas y la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
g) Justificar ante el órgano o entidad concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidas o
autorizar su comprobación al órgano instructor del procedimiento.
Las asociaciones beneficiarias de las subvenciones deberán ajustarse al siguiente régimen de justificación:
a) Justificar, antes del 31 de diciembre de 2025, las actividades realizadas en los tres primeros trimestres del
ejercicio.
b) Justificar, antes del 31 de marzo de 2025, las actividades realizadas en el último trimestre del ejercicio.
Para ello, deberá presentarse, en este plazo, la siguiente documentación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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