Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (02367/2025)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 3/08/2025, en la modalidad de transferencia de créditos entre distintas áreas de gastos
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Ayuntamiento de Montijo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Montijo
Montijo (Badajoz)
Anuncio 2367/2025
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 3/08/2025, en la modalidad de transferencia
de créditos entre distintas áreas de gastos

APROBACIÓN DEFINITIVA TRANSFERENCIAS DE CRÉDITOS PARA INVERSIONES
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el
plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial
del Ayuntamiento de Montijo, adoptado en fecha 5 de mayo de 2025, sobre transferencia de créditos entre distintas áreas
de gastos para inversiones se publica el mismo para general conocimiento:
Expediente de modificación de créditos número 3/08/2025, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones
presupuestarias que afectan a bajas y altas de aplicaciones de diferentes áreas de gastos:
Transferencias en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Transferencias de créditos

Baja

943/463.00

Transferencias a Mancomunidad

- 100.000,00 €

Alta

151/609.00

Infraestructuras otras inversiones

+ 82.000,00 €

Alta

340/622.00

Edificios y otras construcciones

+ 18.000,00 €

◦ Financiación. Esta modificación del presupuesto municipal no altera la cuantía total el mismo, se imputa el importe total o
parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con diferente vinculación jurídica.
◦ Justificación. Necesidad de hacer frente a un mayor gasto en las partidas de inversiones.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y
plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no
suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Montijo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde accidental, Carmelo Pérez Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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